Cargando sitio web

Organismos públicos



Qué obligaciones tienen los organismos públicos para emitir facturas.

De acuerdo al artículo 86, quinto párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, solo tienen la obligación de retener y enterar el impuesto, emitir comprobantes fiscales por las contribuciones, productos y aprovechamientos que cobran, así como por los apoyos o estímulos que otorguen y exigir comprobantes fiscales cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de ley.

 

De acuerdo al tipo de operación que realicen, deben emitir el comprobante correspondiente:


• Ingreso
• Egreso
• Recepción de pagos
• Traslado
• Retenciones e información de pagos
• Nómina

A partir del 1 de enero de 2026, el complemento de nómina versión 1.2 del CFDI cambia a su revisión E. Los principales cambios son:

  • Validación de importes: Por cada concepto de percepción, el Importe Exento y el Importe Gravado no pueden estar en cero al mismo tiempo. Al menos uno debe ser mayor que cero.

  • Clave "038 - Otros ingresos por salarios": Esta percepción deberá registrarse al 100% como gravada. Ya no permite registrar importes exentos.

  • Tope de subsidio al empleo: El valor del subsidio causado para el cálculo se actualiza a un límite máximo de $628.00.

  • Nuevas claves de catálogo: Se incorporan en los catálogos de percepciones y deducciones, las siguientes claves:

    Percepciones:
    054 Días de descanso laborados
    055 Días de descanso obligatorios laborados
    057 Premios por concursos científicos, artísticos, literarios u otorgados por la federación, Art. 93, fracción XXIV LISR

    Deducciones:
    108 Ajuste a días de descanso laborados gravados
    109 Ajuste a días de descanso laborados exentos
    110 Ajuste a días de descanso obligatorios laborados gravados
    111 Ajuste a días de descanso obligatorios laborados exentos
    114 Ajuste a premios por concursos científicos, artísticos, literarios u otorgados por la federación, Art. 93, fracción XXIV LISR gravados
    115 Ajuste a premios por concursos científicos, artísticos, literarios u otorgados por la federación, Art. 93, fracción XXIV LISR exentos


Conoce más por medio de las infografías que se encuentran en Contenidos relacionados de este apartado.

Si recibes donativos, conoce los datos que necesitas para emitir facturas en el apartado Complemento para donatarias.