Presenta tus trámites relacionados con el “Esquema de inscripción en el RFC a través del fedatario público por medios remotos”.
Te permite:
- En caso de desincorporarte al esquema de inscripción en el RFC por medios remotos.
- Entregar la documentación relacionada con las inscripciones que realizas.
¿Quiénes lo presentan?
Notario o corredor público incorporado en el "Esquema de inscripción en el RFC a través del fedatario público por medios remotos".
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
- En caso de desincorporación, cuando el fedatario lo requiera.
- En el caso de la entrega de la documentación derivada de las inscripciones que realices, dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente del que se llevó a cabo la inscripción.
Fundamento Legal
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 23.
- Resolución Miscelánea Fiscal 2022. Transitorio Vigésimo Octavo.
- Ingresa a "Mi portal" con RFC y contraseña, presiona el botón de "iniciar sesión".
- Selecciona del menú "servicios al contribuyente": "solicitud".
- Elige la opción "incorporación de fedatario público" o "Entrega de documentación, segun se tráte.
- Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
- Confirma tu información y da clic en el botón "enviar".
- Genera y conserva el acuse de recepción.
- Espera respuesta del SAT.
Información adicional
- El trámite es sólo para los notarios o corredores públicos con nombramiento para el ejercicio de sus funciones de notariado.
- No se aceptan documentos con tachaduras ni enmendaduras.
- Cuando no entregues la documentación de las inscripciones realizadas en el RFC mensualmente, la autoridad fiscal te solicitará la entrega de la totalidad de la documentación. En caso que tengas documentación desfasada y no la entregues, la autoridad procederá a cancelar tu incorporación en el "Esquema de Inscripción al RFC a través de fedatario público por medios remotos".
- Cuando te desincorpores voluntariamente, o se te cancele la incorporación al “Esquema de inscripción al RFC a través de fedatario público por medios remotos” deberás hacer entrega de la totalidad de los documentos que se deriven de las inscripciones al RFC que hayas procesado y que aún tengas en tu poder, en la oficina del SAT que te corresponda, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de que surta efectos la notificación de la desincorporación o de la cancelación.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Acuse de recibo de la documentación entregada.
Modalidades
Entrega de documentación generada por la inscripción en el RFC.
Información adicional
• Este trámite se presenta en los primeros 15 días hábiles del mes siguiente en que realizaste las inscripciones.Adicionalmente obtendrás:
• Acuse de recibo de la documentación entregada. Cuando hayas presentado el trámite en las oficinas del SAT.
Cuando optes por presentar el aviso a través del Portal del SAT deberás contar con contraseña y deberás conservar la documentación original, durante 5 años, a partir de la fecha de la inscripción en el RFC, en términos del Código Fiscal de la Federación.
Fundamento Legal
• Resolución Miscelánea Fiscal 2022. Transitorio Vigésimo Octavo.Requisitos
Aviso de desincorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos.
Información adicional
En caso que te desincorpores voluntariamente, deberás presentarlo a través de un caso de servicio o solicitud en el Portal del SAT y obtendrás una Constancia de desincorporación.El SAT puede cancelar tu incorporación al esquema por los siguientes motivos:
• No entregar la documentación generada de la inscripción realizada.
• Pérdida de la patente o licencia del fedatario público.
• Que el SAT detecte irregularidades en las inscripciones que realices.
• El incumplimiento de lo dispuesto en los lineamientos del aviso de incorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público.
Es importante que tengas en cuenta que una vez que te desincorpores voluntariamente o que se te cancele tu incorporación al "Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”, debes hacer entrega, en las oficinas del SAT que te corresponda, de la totalidad de documentos que se deriven de las inscripciones en el RFC que procesaron a través del sistema informático del SAT, que aún tenga en su poder, en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de que surta efectos la notificación de la desincorporación o cancelación, según se trate.
Fundamento Legal
• Resolución Miscelánea Fiscal 2022. Transitorio Vigésimo Octavo.Requisitos
• RFC y Contraseña• Archivo digitalizado que contenga la manifestación por escrito que optas por desincorporarte del "Esquema de inscripción al RFC a través de fedatario público por medios remotos", que contenga lo siguiente:
1. Nombre completo del fedatario público.
2. Clave del RFC.
3. Domicilio fiscal.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT correspondiente a tu domicilio fiscal.
- Entrega la documentación de las inscripciones realizadas.
- Recibe acuse de recibo de la documentación entregada.
Información adicional
- El trámite es sólo para los notarios o corredores públicos con nombramiento para el ejercicio de sus funciones de notariado.
- No se aceptan documentos con tachaduras ni enmendaduras.
- Cuando no entregues la documentación de las inscripciones realizadas en el RFC mensualmente, la autoridad fiscal te solicitará la entrega de la totalidad de la documentación. En caso que tengas documentación desfasada y no la entregues, la autoridad procederá a cancelar tu incorporación en el "Esquema de Inscripción al RFC a través de fedatario público por medios remotos".
- Cuando te desincorpores voluntariamente, o se te cancele la incorporación al “Esquema de inscripción al RFC a través de fedatario público por medios remotos” deberás hacer entrega de la totalidad de los documentos que se deriven de las inscripciones al RFC que hayas procesado y que aún tengas en tu poder, en la oficina del SAT que te corresponda, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de que surta efectos la notificación de la desincorporación o de la cancelación.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Acuse de recibo de la documentación entregada.
¿Dónde se presenta?
- En las oficinas del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
Compromiso de servicio
- Duración máxima del trámite, 40 minutos.
- Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.
Modalidades
Entrega de documentación generada por la inscripción en el RFC.
Información adicional
• Este trámite se presenta en los primeros 15 días hábiles del mes siguiente en que realizaste las inscripciones.Adicionalmente obtendrás:
• Acuse de recibo de la documentación entregada. Cuando hayas presentado el trámite en las oficinas del SAT.
Cuando optes por presentar el aviso a través del Portal del SAT deberás contar con contraseña y deberás conservar la documentación original, durante 5 años, a partir de la fecha de la inscripción en el RFC, en términos del Código Fiscal de la Federación.
Fundamento Legal
• Resolución Miscelánea Fiscal 2022. Transitorio Vigésimo Octavo.Requisitos
Relación de contribuyentes inscritos en el RFC a través de fedatario público (en dos tantos) acompañada de los siguientes documentos de cada inscripción realizada:• Poder notarial, en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (Copia certificada).
• Solicitud de inscripción en el RFC, firmada por la persona física o por el representante legal, según sea el caso.
• Acuse único de inscripción en el RFC que contiene la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional (QR).
• identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original).
• Comprobante de domicilio (original) como:
Estado de cuenta a nombre del contribuyente o socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado
Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.
Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
Contrato de:
Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá esta inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.
Prestación de servicios a nombre del contribuyente o socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente o socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será necesario que se exhiban pagados.
En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, podrán presentar la Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que éstas contengan la información del domicilio en donde se llevarán a cabo las actividades económicas. Este documento deberá ser expedido a nombre de la persona moral.
• Documento constitutivo debidamente protocolizado, legible y en orden. (Copia fotostática.)
Aviso de desincorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos.
Información adicional
En caso que te desincorpores voluntariamente, deberás presentarlo a través de un caso de servicio o solicitud en el Portal del SAT y obtendrás una Constancia de desincorporación.El SAT puede cancelar tu incorporación al esquema por los siguientes motivos:
• No entregar la documentación generada de la inscripción realizada.
• Pérdida de la patente o licencia del fedatario público.
• Que el SAT detecte irregularidades en las inscripciones que realices.
• El incumplimiento de lo dispuesto en los lineamientos del aviso de incorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público.
Es importante que tengas en cuenta que una vez que te desincorpores voluntariamente o que se te cancele tu incorporación al "Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”, debes hacer entrega, en las oficinas del SAT que te corresponda, de la totalidad de documentos que se deriven de las inscripciones en el RFC que procesaron a través del sistema informático del SAT, que aún tenga en su poder, en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de que surta efectos la notificación de la desincorporación o cancelación, según se trate.