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E | Trámite
Aclara las inconsistencias de tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
Cuando tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con las que no estés de acuerdo, debes ingresar la aclaración correspondiente a través del Portal del SAT, en el apartado Contacto / Asistencia por internet (Mi portal) / Portal personal Mi portal (contribuyente) / Mi portal / Servicios por internet y finalmente en la opción Aclaraciones / Solicitud.
12/04/2024 12:44:33 PM
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Preguntas frecuente
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A | Pregunta frecuente
¿Dónde puedo presentar el aviso?
A través de "Mi portal"
21/03/2023 16:56:51 PM
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A | Pregunta frecuente
¿Existe algún formato para solicitar la constancia de residencia?
No, ya que se realiza a través del Portal personal Mi portal (contribuyente) ingresando con tu RFC y Contraseña.
25/04/2019 16:38:14 PM
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A | Pregunta frecuente
¿Qué requisitos deben cumplir los contribuyentes que se encuentren dentro de alguno de los supuestos previstos en la Sección 2.7.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, para la expedición de CFDI, a través de los adquirentes de sus bienes?
Los contribuyentes que estén dentro de los supuestos previstos en la Sección 2.7.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 (Ventas realizadas por Personas Físicas del Sector Primario; Arrendadores de Bienes Inmuebles, Propietarios o Titulares que afecten terrenos, Bienes o Derechos incluyendo Derechos Reales, Ejidales o Comunales; Mineros; Artesanos; Enajenantes de vehículos usados, Desperdicios Industrializables, Obras de Artes Plásticas y Antigüedades), deberán proporcionar a los adquirentes de sus bienes o los contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos, según sea el caso, escrito con firma autógrafa o huella digital, o escrito anexo al contrato que se celebre, en donde manifiesten su consentimiento expreso para que los adquirentes de sus bienes o los contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos, realicen la emisión de los CFDI que amparen las operaciones celebradas entre ambas partes.
El escrito, deberá ser enviado al SAT dentro del mes siguiente a la fecha de su firma, por parte del adquirente de bienes o por los contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos, por medio de la presentación de un caso de servicio o solicitud, a través de “Mi Portal” que se encuentra en el Portal de Internet del SAT.
Una vez que el SAT revise la información del caso presentado, se dará respuesta mediante el mismo medio y de ser procedente, se asignarán las características fiscales correspondientes para que puedan expedir sus facturas electrónicas a través del adquirente. En caso de que sea rechazada la solicitud, se deberá subsanar la inconsistencia y el adquirente podrá presentar nuevamente dicha solicitud, siempre y cuando sea dentro del mes siguiente a la fecha de firma del escrito. |
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A | Pregunta frecuente
¿Puede presentarse en línea?
El aviso puede presentarse mediante la DIEMSE, o bien, a través de la sección "Mi Portal", de la página del SAT.
13/03/2018 17:51:13 PM
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A | Pregunta frecuente
¿El trámite para presentar pagos provisionales se puede hacer a través de Internet?
Sí, se puede realizar en línea a través de "Mi Portal" ingresando con RFC y contraseña.
26/06/2020 11:15:36 AM
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A | Pregunta frecuente
¿En dónde debo presentar el aviso?
Lo debes presentar en el apartado "Mi portal", en las siguientes opciones servicios por internet, orientación fiscal, solicitud y en la etiqueta de trámite elige la opción "MARBETES/CÓDIGOS DE SEGURIDAD"
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A | Pregunta frecuente
¿Puedo presentar mi aviso en sábado o domingo?
Sí, el servicio de “Mi portal”, está disponible los 365 días del año.
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A | Pregunta frecuente
¿Dónde puedo presentar la solicitud de actualización de datos de contador público o despacho registrado?
A través del sistema informático "Mi Portal".
17/02/2023 10:42:20 AM
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A | Pregunta frecuente
¿Cuál es la estructura del archivo de texto?
Para inscripción masiva genera el archivo con las siguientes características:
1. Nombre del archivo RFC ddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos (##).
Donde el RFC se refiere a la clave en el RFC del comercializador persona física o moral.
ddmmaaaa dd día mm mes aaaa año de la fecha de generación del archivo.
consecutivo número consecutivo del archivo.
Por ejemplo XAXX010101AAA07072012_01
2. Sin tabuladores.
3. Únicamente mayúsculas.
4. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII).
5. La información del archivo deberá contener los siguientes seis campos delimitados por pipes “|”:
Primera columna. - CLAVE CURP A 18 POSICIONES del recolector.
Segunda columna. - Apellido paterno del recolector.
Tercera columna. - Apellido materno del recolector (No obligatorio).
Cuarta columna. - Nombre(s) del recolector.
Quinta columna. - Fecha de inicio de operación del recolector, debe ser en formato DD/MM/AAAA.
Sexta columna. - Correo electrónico válido del productor que cumpla con las características a que se refiere al apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites.
Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera columna (sólo si no tiene dato). La inscripción será con el domicilio fiscal del comercializador.
6. La información deberá enviarse en archivos de texto plano comprimido en formato *.zip.
7. Adjuntar el archivo al caso de “Servicio o Solicitud” y enviar al SAT a través de “Mi Portal”
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A | Pregunta frecuente
¿Puedo realizar este trámite de marbetes en algunas de las oficinas autorizadas?
No, el trámite es en línea y se deberá ingresar la solicitud junto con todos los requisitos establecidos a través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en este portal en el apartado "Mi Portal", o bien, mediante escrito libre dirigido a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo 77, planta baja, col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6., en relación con la regla 2.2.6., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
10/06/2019 11:58:24 AM
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