Aclara la información de tu Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales
Te sirve para aclarar ante la autoridad fiscal, el documento de la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, cuando no estás de acuerdo con la información contenida en el mismo, al momento de su generación.
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¿Quiénes lo presentan?
Todas las personas físicas que obtengan una opinión del cumplimiento con la cual no estén de acuerdo y deseen aclarar su situación fiscal.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En cualquier momento.
Fundamento Legal
Resolución Miscelánea Fiscal, Regla 2.1.39.
- Ingresa con tu contraseña en la opción Consultas y Servicios, subopción: Aclaraciones.
- Localiza la opción Aclaración a la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
- Captura brevemente el motivo de tu aclaración y la situación por la que no estás de acuerdo con la información contenida en la opinión del cumplimiento.
- Adjunta los archivos en imagen formato pdf los documentos que soporten tu aclaración y la opinión del cumplimiento en sentido negativo.
- Envía tu aclaración.
- Anota o conserva el número de folio proporcionado por el SAT del envío o recepción de tu aclaración.
Información adicional
El SAT analizará tu aclaración y te remitirá respuesta en tu mismo Buzón Tributario para las acciones que consideres.
Cuando sea procedente tu aclaración, recibirás la respuesta vía electrónica en tu Buzón Tributario en un máximo de tres días, anexándote la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con al corrección. En caso de que sea improcedente tu aclaración, el SAT te remitirá respuesta en el mismo plazo de tres días a tu Buzón Tributario indicándote las razones, para las acciones que consideres.
Cuando sea procedente tu aclaración, recibirás la respuesta vía electrónica en tu Buzón Tributario en un máximo de tres días, anexándote la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con al corrección. En caso de que sea improcedente tu aclaración, el SAT te remitirá respuesta en el mismo plazo de tres días a tu Buzón Tributario indicándote las razones, para las acciones que consideres.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo del trámite de tu aclaración conteniendo el número de folio proporcionado por el SAT, del envío o recepción de tu aclaración.
- Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitida con la corrección, cuando tu aclaración es procedente o la respuesta a tu aclaración cuando es improcedente.
Requisitos
- Contar con contraseña.
- Describir brevemente el motivo de tu aclaración.
- Adjuntar los archivos electrónicos en formato de imagen pdf soporte de la aclaración así como la opinión obtenida en sentido negativo.
- Acude a cualquier oficina del SAT con la documentación referente a tu aclaración de la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
- Presenta una identificación oficial vigente (original) expedida por los gobiernos federal, estatal, municipal o del Distrito Federal (cualquiera de las señaladas en el apartado Definiciones del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal).
- Entrega la documentación soporte de tu aclaración y la opinión del cumplimieno que quieres aclarar.
- Conserva el número de folio de la recepción de tu aclaración, proporcionado por el personal de la oficina del SAT.
- Recibe vía electrónica la respuesta de tu aclaración en un plazo de tres días contados a partir de la fecha del folio de tu aclaración.
Información adicional
El SAT analizará tu aclaración y te remitirá respuesta en tu mismo Buzón Tributario para las acciones que consideres.
Cuando sea procedente tu aclaración, recibirás la respuesta vía electrónica en tu Buzón Tributario en un máximo de tres días, anexándote la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con al corrección. En caso de que sea improcedente tu aclaración, el SAT te remitirá respuesta en el mismo plazo de tres días a tu Buzón Tributario indicándote las razones, para las acciones que consideres.
Cuando sea procedente tu aclaración, recibirás la respuesta vía electrónica en tu Buzón Tributario en un máximo de tres días, anexándote la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con al corrección. En caso de que sea improcedente tu aclaración, el SAT te remitirá respuesta en el mismo plazo de tres días a tu Buzón Tributario indicándote las razones, para las acciones que consideres.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo del trámite de tu aclaración conteniendo el número de folio proporcionado por el SAT, del envío o recepción de tu aclaración.
- Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitida con la corrección, cuando tu aclaración es procedente o la respuesta a tu aclaración cuando es improcedente.
¿Dónde se presenta?
En cualquier oficina del SAT.
Compromiso de servicio
Atención en cualquier oficina del SAT, de lunes a jueves en horario de 8:30 a 16: horas y viernes de 8:30 a 15:00 horas, excepto días festivos.
Requisitos
- Identificación oficial vigente expedida por los Gobiernos Federal, Estatal, Municipal o del Distrito Federal (original), cualquiera de las señaladas en el apartado de Definiciones del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
- Identificación oficial vigente, en el caso de representación legal de la persona física (original), pudiendo ser cualquiera de las referidas en el punto anterior), copia certificada del poder notarial con el que el representante legal acredite su personalidad o carta- poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
- Presentar tu aclaración y adjuntar los documentos que soporten tu aclaración así como la opinión obtenida en sentido negativo (original y copia fotostática).