Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél en que se hubiera efectuado la retención.
 
O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:
 
Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Artículo 5.1 "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa" de fecha 26 de diciembre de 2013 de acuerdo a lo siguiente:
 
1 y 2 día 17 más un día hábil
3 y 4 día 17 más dos días hábiles
5 y 6 día 17 más tres días hábiles
7 y 8 día 17 más cuatro días hábiles
9 y 0 día 17 más cinco días hábiles
 
Dentro de los 15 días inmediatos posteriores a aquel en que se realice la operación.

Periodicidad

Mensual,
Bimestral,
Trimestral,
Sin periodo

Obligación a cumplir

Enterar las retenciones de IVA mediante declaración.
 

Objetivo

Cumplir con tus obligaciones fiscales a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla, mediante la presentación de la declaración de "IVA retenciones".

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración.
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 41.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículo 1-A.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.7.1.20. y 2.7.3.9. 
 
Cálculo del impuesto.
 
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículo 1-A.
  • Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículo 3.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.7.1.20. y 2.7.3.9. 
 
Medio de Presentación.
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas  2.8.3.1., 2.8.3.3. y 4.1.11.
 
Medios de pago.
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 20, séptimo párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Regla 2.1.18
Iniciar
En línea
  1. Selecciona el botón iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o e.firma.
  3. Llena los datos que te solicita la declaración.
  4. Envía la declaración.
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.

Requisitos

  1. Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.

Documentos que obtienes

x OrientaSAT