Artículo 154
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Disposiciones generales de las Personas Físicas
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Artículo 154 Concepto de casa habitación.
Para efectos del artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley, se considera que la casa habitación del contribuyente comprende además la superficie del terreno que no exceda de tres veces el área cubierta por las construcciones que integran la casa habitación.