Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas morales que realicen el cambio de la denominación o razón social.
 

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente a aquél en que se protocolice ante fedatario público el acta de asamblea en la que se acuerda el cambio de denominación o razón social o se hubiere publicado el decreto correspondiente en Diario, Periódico o Gaceta oficial.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.  
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 31.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
Presencial
  1. Acude previa cita a la Oficina del SAT, más cercana al domicilio fiscal de la persona moral.
  2. Lleva todos los documentos requeridos para realizar el trámite.
  3. Entrega la documentación al servidor público que le brinda la atención.
  4. Recibe el acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

Compromiso de servicio

Requisitos

  1. Acta protocolizada ante fedatario público donde conste el cambio de denominación o razón social (copia certificada).
  2. Decreto o Acuerdo en el que se haya determinado el cambio de denominación o razón social, tratándose de la Administración Pública (Federal, Estatal o Municipal) publicado en el Diario, Periódico o Gaceta oficial, copia simple.
  3. Identificación oficial vigente del representante legal como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente. Tratándose de extranjeros podrán presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original).
  4. Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal en copia certificada u original o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).
  5. Documento notarial con el que se designó al representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México en copia certificada.
x OrientaSAT