Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

  • Personas físicas.
  • Personas morales.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando lo requieras.
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 17-K, 18, 18-A, 19, 33, 34, 36-Bis y 37, primer párrafo.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 2o.-A y 25.
  • Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 2o.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 186/CFF.
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En línea
  1. Da clic en el botón INICIAR.
  2. Captura tu RFC, Contraseña, Captcha o selecciona e.firma.
  3. Da clic en el botón Enviar.
  4. Acepta los términos y condiciones de uso del sistema, en caso de realizar el trámite por primera vez.
  5. Selecciona alguna de las opciones (Autorizaciones o Consultas).
  6. Despliega el catálogo de Modalidades.
  7. Selecciona el trámite que deseas presentar.
  8. Da clic en el botón Siguiente.
  9. Verifica que tus datos sean correctos.
  10. Captura el RFC de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones y número telefónico a 10 dígitos, donde sea fácilmente localizable la persona (en su caso).
  11. Registra los datos de las personas involucradas; en caso de que requieras agregarlas, deberás seleccionar el Tipo de Persona: Persona física, Persona moral o Residente en el Extranjero, capturar el RFC o Número de Identificación Fiscal.
  12. Captura la información que el formato electrónico solicita.
  13. Adjunta la documentación e información relacionada con tu trámite.
  14. Verifica que la información proporcionada y demás datos sean correctos.
  15. Firma la solicitud con tu e.firma.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Contar con Contraseña.
  2. Contar con e.firma.
  3. Contar con buzón tributario activo.
  4. Los establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del CFF.
  5. Documentación e información relacionada con el trámite que deseas presentar.
  6. Formato e-5 pago de derechos, en caso de envío de muestras para dictamen técnico.
  7. Tratándose de operaciones o planteadas con residentes en el extranjero o planteadas por dichos residentes, deberás identificar por nombre, razón social o denominación, número de identificación fiscal y domicilio fiscal:
    • A todas las partes relacionadas que puedan resultar involucradas con motivo de la respuesta a la solicitud de consulta o autorización de que se trate. Deberás manifestar también para estos efectos, el país o jurisdicción donde dichas partes relacionadas tengan su residencia fiscal.
    • La entidad o figura extranjera de la que sean inmediatamente subsidiarias, definidas en términos de las normas de información financiera.
    • La entidad o figura extranjera controladora de último nivel del grupo multinacional de la persona moral que solicite la consulta o autorización de que se trate.
  8. Tratándose de solicitudes de consultas o autorizaciones en materia de establecimiento permanente, deberás identificar por nombre, razón social o denominación, número de identificación fiscal y dirección:
    • A la oficina central del residente en el extranjero, así como el país o jurisdicción donde tenga su residencia fiscal.
    • En su caso, a la entidad o figura extranjera de la que sean inmediatamente subsidiarias, definidas en términos de las normas de información financiera.
    • En su caso, a la entidad o figura extranjera controladora de último nivel del grupo multinacional.
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