Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Residentes en el extranjero.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando el contribuyente lo requiera.

Fundamento Legal

  • Artículos 4 y 158 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Artículo 6 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Artículo 6 del Convenio celebrado entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir el fraude y la evasión fiscal
  • Reglas 3.1.3. y 3.18.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
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En línea
  1. Presenta tu trámite a través del buzón tributario.
  2. Recibe y conserva tu acuse de recibo.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Manifestación en la que señale que opta por determinar el ISR conforme a lo establecido en la regla 3.18.5.
  2. Archivos digitalizados a través de los cuales acredite ser residente para efectos fiscales en Estados Unidos de América.
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