Solicitud de Códigos de seguridad para su impresión en cajetillas de cigarros.
Presenta este trámite para solicitar códigos de seguridad para su impresión en cajetillas de cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México.
¿Quiénes lo presentan?
Los productores, fabricantes e importadores de cigarros que deseen solicitar códigos para su impresión en las cajetillas de cigarros y otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano.
Costo
Sin costo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando los requieras.
Fundamento Legal
Artículos: 86-G, 108, 109, 110, 113, fracciones I y III del CFF; 19 fracción, XXII de la LIEPS; Reglas 2.1.39, 5.2.29, 5.2.30, y 5.2.32 de la RMF.
- Selecciona el botón INICIAR.
- Captura tu e.firma y elige el botón Enviar.
- Elige las opciones; Solicitud de Códigos, Solicitar códigos.
- Requisita el formulario electrónico.
- Oprime la opción Imprimir acuse que contiene el número de folio con el que podrás dar seguimiento a tu solicitud.
- En un plazo de 15 días hábiles revisa la resolución de trámite a través de Buzón Tributario.
- En el supuesto de que tu solicitud sea resuelta de manera favorable y descarga los códigos de seguridad (verifica el apartado de información adicional para conocer como descargar los códigos de seguridad)
Información adicional
- Previo al registro de tu solicitud de códigos de seguridad, debes realizar el registro en el sistema de las marcas autorizadas en el Anexo 11 de la RMF vigente.
- La autoridad podrá rechazar tu solicitud de códigos de seguridad en el supuesto de incumplimiento en algunos de los requisitos y condiciones establecidos en la ficha de trámite 36/IEPS del Anexo 1-A de la RMF 2021.
- La autoridad podrá requerirte información adicional para constatar el uso correcto de códigos de seguridad autorizados con anterioridad.
- Los códigos de seguridad tienen una vigencia 60 días naturales contados a partir de la fecha en que fueron autorizados.
- Para descargar los códigos da clic en el botón INICIAR captura tu e.firma y elige el botón Enviar; selecciona la pestaña Descargar Códigos; elige de la lista desplegable el RFC del contribuyente; captura el folio de tu solicitud y oprime el botón Buscar; el sistema te mostrará los resultados de búsqueda en la tabla inferior; de dicha tabla verifica que el estatus de tu solicitud haya cambiado de AUTORIZADA a GENERADA; descarga el archivo TXT que contiene los códigos de seguridad; captura tu e.firma y contraseña; abre el archivo y verifica los folios asignados.
- Después de imprimir los códigos de seguridad debes reportar a esta autoridad la información contenida en los mismos, para hacerlo copia y pega en tu navegador la siguiente liga: "https://agaff.siat.sat.gob.mx/PTSC/tabacos/pages/produccion/produccionCigarros.jsf".
Para cualquier duda o aclaración, comunícate a MarcaSAT al 55 627 22 728 desde cualquier parte del país, si te comunicas desde el extranjero únicamente agrega el código (+52); si eres persona física elige la opción 3 (orientación fiscal), posteriormente la opción 5 (otras dudas e información fiscal para personas físicas); si eres persona moral selecciona la opción 5 (información personas morales), seguido de la opción 5 (otras dudas para personas morales) y solicita que te transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos.
Documentos que obtienes
- Oficio de resolución de solicitudes de códigos de seguridad.
Requisitos
- Encontrarte registrado en términos de la ficha de trámite 43/IEPS Aviso que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT para poder ingresar solicitudes de códigos de seguridad.
- Que no hayas hecho uso incorrecto de los códigos de seguridad, entendiéndose por uso incorrecto, entre otros, el haber cometido alguna de las infracciones a que se refiere el artículo 86-G del CFF, y que a la fecha de su solicitud no hayas resuelto tu situación jurídica, que exista averiguación por alguno de los delitos establecidos en el artículo 113, fracciones I y III del citado Código, o de los contenidos en los artículos 108 y 109 del propio ordenamiento o no hayas incurrido en alguno de los supuestos señalados en el artículo 110 del CFF a la fecha de su solicitud.
- Que hayas proporcionado la información de las solicitudes previas, a la que se refiere el artículo 19 fracción XXII, inciso d) de la LIEPS.
- Que no te haya notificado al SAT, por parte de la autoridad competente, el incumplimiento de las medidas sanitarias en materia de cigarros y tabacos labrados que al efecto establezcan las disposiciones jurídicas respectivas.
- Que no te encuentres relacionado en la Alerta Sanitaria de Tabaco que emite la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
- Que hayas proporcionado la información o documentación a que se refiere el artículo 19, fracciones IV y IX de la LIEPS.
- Tratándose de personas distintas a los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados, con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, además de los requisitos anteriores, deberán cumplir con lo siguiente:
- Acreditar que su objeto principal es desarrollo de sistemas de registro, control, impresión y proporcionar información de códigos de seguridad.
- Contar con experiencia de al menos 5 años en desarrollo de sistemas, y
- Manifestar que no se encuentra en los siguientes supuestos: 1. Que no tienes participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los productores, fabricantes o importadores de cigarros y otros tabacos labrados, ni con los socios, accionistas o empresas de éstos; 2. Que ningún productor, fabricante o importador de cigarros y otros tabacos labrados, ni los socios, accionistas o empresas de éstos, participan, directa o indirectamente, en la administración, control o en el capital del solicitante y 3. Que no existe vinculación en términos del artículo 68 de la Ley Aduanera entre el solicitante y los productores, fabricantes o importadores de cigarros y otros tabacos labrados, ni con los socios, accionistas o empresas de éstos.