Actualiza los datos de tu Contraseña
Te permite actualizar el correo electrónico relacionado con tu Contraseña.
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¿Quiénes lo presentan?
Todas las personas físicas que necesiten actualizar correo electrónico relacionado con su Contraseña.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En cualquier momento.
Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículo 17-D.
Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Reglas 2.2.1. "Valor probatorio de la Contraseña".
Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Anexo 1-A, ficha de trámite 7/CFF "Solicitud de generación y actualización de la Contraseña".
- Captura tu RFC.
- Ingresa con Contraseña o e.firma vigente.
- Actualiza tu correo electrónico.
Información adicional
- La contraseña funciona como un mecanismo de acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT.
- Es de uso personal e intransferible.
-
Si no utilizaste tu Contraseña en un período de dos años consecutivos o se ubique en el supuesto previsto en el artículo 17-H, fracción I del CFF, ésta quedará suspendida, por lo cual deberás realizar nuevamente el trámite utilizando tu e.firma o la cuenta de correo electrónico registrada en el SAT, o bien podrás acudir a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
-
En caso de que no utilices tu contraseña en un período de cinco años consecutivos, o cuando si te encuentras en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracciones II, VIII y IX del CFF, la Contraseña quedará bloqueada, debiendo el contribuyente realizar nuevamente su trámite acudiendo a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
-
Para los efectos del artículo 17-H, fracciones III, IV y V del CFF, cuando a través de los avisos presentados ante el RFC se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado, o bien, la cancelación en el RFC por liquidación, escisión o fusión de sociedades, la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar inactiva la Contraseña.
Requisitos
- RFC.
- Contar con tu e.firma vigente o Contraseña.
- Acude a la Oficina del SAT de tu preferencia (ADSC).
- Proporciona tu RFC.
- Solicita la actualización del correo.
Información adicional
- La contraseña funciona como un mecanismo de acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT.
- Es de uso personal e intransferible.
-
Si no utilizaste tu Contraseña en un período de dos años consecutivos o se ubique en el supuesto previsto en el artículo 17-H, fracción I del CFF, ésta quedará suspendida, por lo cual deberás realizar nuevamente el trámite utilizando tu e.firma o la cuenta de correo electrónico registrada en el SAT, o bien podrás acudir a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
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En caso de que no utilices tu contraseña en un período de cinco años consecutivos, o cuando si te encuentras en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracciones II, VIII y IX del CFF, la Contraseña quedará bloqueada, debiendo el contribuyente realizar nuevamente su trámite acudiendo a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
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Para los efectos del artículo 17-H, fracciones III, IV y V del CFF, cuando a través de los avisos presentados ante el RFC se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado, o bien, la cancelación en el RFC por liquidación, escisión o fusión de sociedades, la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar inactiva la Contraseña.
¿Dónde se presenta?
En cualquier oficina del SAT.
Compromiso de servicio
Requisitos
- Identificación oficial vigente.
- Correo electrónico.