Solicitud de marbetes y precintos para adherir en bebidas alcohólicas nacionales (maquilador/comercializador)
Este trámite te permite como comercializador de bebidas alcohólicas nacionales solicitar marbetes y/o precintos.
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¿Quiénes lo presentan?
Las personas o empresas que hayan celebrado un contrato o convenio, mediante el cual establezcan la fabricación, producción y/o envasamiento de bebidas alcohólicas para venderlas bajo una marca propia, registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Costo
El trámite es gratuito únicamente debes realizar un pago de derechos por marbetes y precintos. El costo por cada marbete es de $0.4711 y $1.74 por cada precinto.
¿Cuándo se presenta?
Cuando decidas realizar la comercialización de bebidas alcohólicas nacionales.
Fundamento Legal
La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios artículo 19 fracción V, Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 5.2.8., 5.3.1., 5.3.2.
- Da clic en el botón iniciar para ingresar al sistema captura tu e.firma y contraseña de clave privada.
- Selecciona el trámite en la pestaña de "Nacional/Maquilador"
- Llena los datos del formulario electrónico e ingresa en su caso los archivos con los documentos escaneados requeridos.
- Espera respuesta por el medio que hayas elegido para contactarte
- Acude a la oficina autorizada en el plazo indicado a recoger tus marbetes y/o precintos.
Información adicional
Puedes realizar este trámite sí estás previamente inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC como Comercializador, en caso de no estar inscrito, al ingresar al sistema de solicitudes de marbetes y precintos, la página mostrará el siguiente error "Error Acceso denegado, no cumple con las condiciones para ver la página solicitada".
La autoridad emitirá la resolución correspondiente, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de marbetes o precintos, salvo que se haya requerido información o documentación en los términos del artículo 19, fracción XV, segundo párrafo de la Ley del IEPS. En este caso, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
Este trámite únicamente te permite solicitar marbetes en múltiplos de mil.
Los documentos que adjuntes a esta solicitud deberán estar en formato .pdf. y en este caso la copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industria, los debes adjuntar en un solo archivo.
Para poder solicitar marbetes y/o precintos debes contar con las siguientes condiciones:
- Contar con buzón tributario.
- Contar con e.firma
- Encontrarse al corriente respecto a sus obligaciones fiscales
- No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.
- Que los certificados de sellos digitales se encuentren Activos.
- No encontrarse restringido en el uso del Certificado de Sello Digital.
Si deseas más información sobre este trámite comunícate vía telefónica a MarcaSAT desde cualquier parte del país al 55 627 22 728, desde Estados Unidos y Canadá 01-877-44-88-728 y solicita que te transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos.
Documentos que obtienes
- Acuse de solicitud
- Marbetes. A los que se refiere la regla 5.2.6. fracción I de la RMF vigente. Los cuales deberás recoger en: Los lugares autorizados para entregar marbetes como lo establece la regla 5.2.8. de la RMF.
- Precintos. Los cuales deberás recoger en: Los lugares autorizados para entregar marbetes como lo establece la regla 5.2.8. de la RMF.
Requisitos
- Recibo bancario de pago de derechos, productos y aprovechamientos (DPA) con sello digital.
- Tratándose de propietarios de marca de tequila, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-006-SCFI-2005, denominada “Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de tequila.
- Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-070-SCFI-2016, denominada “Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de Mezcal
- Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, copia certificada ante Notario Público del contrato o convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial.