Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y el representante legal de las personas morales que no hayan acreditado de forma suficiente la identidad, domicilio y en general su situación fiscal en el trámite de solicitud de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del certificado de e.firma.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los seis días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que se reciba el Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal.

Fundamento Legal

Código Fiscal de la Federación, Artículo 17-D.
Resolución Miscelánea Fiscal vigente: 
Reglas 2.2.1. Valor probatorio de la Contraseña
2.2.14. Requisitos para la solicitud de generación o renovación del Certificado de e.firma.
Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:
Ficha de trámite 197/CFF Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma.
Presencial
  1. Acude del módulo en que iniciaste el trámite de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del Certificado de e.firma, con los documentos solicitados
  2. Entrega tu escrito libre con una copia y las pruebas que acrediten tu dicho y conserva la copia sellada, como acuse de recibo

Información adicional

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

Requisitos

  1. Presentar escrito libre de aclaración en el que manifiestes bajo protesta de decir verdad que desvirtúas la irregularidad identificada en tu situación fiscal, o en su caso, del representante legal, socios, accionistas o integrantes de la persona moral.
  2. Identificación oficial vigente del contribuyente y, en su caso, del representante legal, que puede ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (original).
  3. Cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2 y 3 del Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (copia certificada), que acredite la personalidad de la o el representante legal. Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, presentar traducción al español realizada por perito autorizado.
  4. Documentos o pruebas con las que se desvirtúe la irregularidad identificada en tu situación fiscal, o en su caso, del representante legal, socios, accionistas o integrantes de la persona moral.
x OrientaSAT