Aviso de celebración de contrato con terceros para fabricar, producir o envasar bebidas alcohólicas
Este trámite te permite comunicar a esta autoridad la celebración de un contrato o convenio en el que se establezca la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
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¿Quiénes lo presentan?
Los comercializadores de bebidas alcohólicas que acuerden con una persona física o moral la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
Costo
El trámite es gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Cuando celebres un contrato o convenio en el que se establezca la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
Fundamento Legal
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 19 fracción V y el artículo 26, Resolución Miscelánea Fiscal, regla 5.3.2.
- Da clic en el botón iniciar captura tu RFC y contraseña en el apartado "Mi Portal", seguido de iniciar sesión.
- Selecciona sucesivamente las opciones: servicios por Internet / orientación fiscal / solicitud.
- Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de orientación, eligiendo el trámite: MARBETES/CÓDIGOS DE SEGURIDAD
- En su caso ingresa el (los) archivo(s) con el (los) documento(s) del trámite escaneados
- Envía el trámite e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
- Espera respuesta a través del medio que hayas elegido para contactarte.
Información adicional
Este aviso deberás presentarlo a través de Buzón Tributario
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponible en Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante el Portal del SAT en "Mi portal", de acuerdo con lo establecido en las reglas 2.2.6. y 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, o bien en la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo, Núm. 7, planta baja, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
Si deseas más información sobre este trámite comunícate a vía telefónica en MarcaSAT al 627 22 728 desde la Ciudad de México o al 01 (55) 627 22 728 del resto del país y solicita que te transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción.
Requisitos
- Archivo electrónico formato PDF que contenga lo siguiente:
- Solicitud de marbetes.
- Clave del RFC del fabricante, productor o envasador, según corresponda, domicilio de los establecimientos de fabricación, producción o envasamiento, así como la descripción de los equipos que se utilizarán para tales efectos
- Tratándose de propietarios de marca de tequila, Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-006-SCFI-2005, publicada en el DOF el 6 de enero de 2006, denominada “Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro de dicho Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de tequila.
- Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-070-SCFI-2016, denominada “Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de Mezcal.
- Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, Contrato o Convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial.
- Acude a oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente
- Presenta tu solicitud en su caso adjunta el (los) docuemento(s) del trámite.
- Recibe y conserva tu acuse de recepción.
- Espera respuesta a través del medio que hayas elegido para contactarte.
Información adicional
Este aviso deberás presentarlo a través de Buzón Tributario
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponible en Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante el Portal del SAT en "Mi portal", de acuerdo con lo establecido en las reglas 2.2.6. y 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, o bien en la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo, Núm. 7, planta baja, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
Si deseas más información sobre este trámite comunícate a vía telefónica en MarcaSAT al 627 22 728 desde la Ciudad de México o al 01 (55) 627 22 728 del resto del país y solicita que te transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción.
¿Dónde se presenta?
En oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo 77, planta baja, col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México
Compromiso de servicio
- Disponibilidad permanente.
- Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite
Requisitos
- Solicitud de marbetes.
- Clave del RFC del fabricante, productor o envasador, según corresponda, domicilio de los establecimientos de fabricación, producción o envasamiento, así como la descripción de los equipos que se utilizarán para tales efectos.
- Tratándose de propietarios de marca de tequila, Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-006-SCFI-2005, publicada en el DOF el 6 de enero de 2006, denominada “Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro de dicho Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de tequila.
- Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-070-SCFI-2016, denominada “Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de Mezcal.
- Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, Contrato o Convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial.