Presenta tu aviso de cambio de régimen de capital
Se presenta para actualizar el régimen de capital de una persona moral.
< Volver
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales que cambien su régimen de capital o se transformen en otro tipo de sociedad.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En el mes siguiente al que se haya firmado el documento notarial donde conste el cambio de régimen de capital o la transformación en otro tipo de sociedad.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29, 30 y 31.
-
Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación.
- Proporciona la información que te solicite el asesor fiscal.
- Recibe acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.
Documentos que obtienes
- Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
¿Dónde se presenta?
En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
Compromiso de servicio
- Duración máxima del trámite, 40 minutos.
- Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.
Requisitos
- Documento notarial en el que conste el cambio de régimen de capital o la transformación en otro tipo de sociedad. (copia certificada).
- Identificación oficial vigente del representante legal como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente, licencia de conducir y en el caso de menores de edad permiso para conducir o credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original).
- Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder en original y copia simple firmada ante 2 testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original).
- En caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, debes acompañar documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales (copia certificada).