Avisos relacionados con el RFC

Catálogo de Servicios y Trámites:


Aviso de cambio de régimen de capital.


Quiénes la presentan
Personas morales que cambien su régimen de capital o se transformen en otro tipo de sociedad.

 
Dónde se presenta
En una oficina del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

 
Qué documento se obtiene
Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR).

 
Cuándo se presenta
Dentro del mes siguiente a aquél en que se protocolice ante fedatario público el documento notarial donde conste el cambio de régimen de capital o la transformación en otro tipo de sociedad.

 
Requisitos
  • Documento notarial en el que conste el cambio de régimen de capital o la transformación en otro tipo de sociedad (copia certificada.
  • Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original).
  • Documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada).
 
Condiciones
No aplica.

 
Información adicional
No aplica.

 
Pasos para realizar el trámite
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y guarda tu cédula de identificación fiscal y el acuse de actualización al RFC.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 29, 30, 31 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; regla 2.5.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal.