Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del plazo señalado en las respectivas disposiciones fiscales.

Objetivo

Efectuar el pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación para 2020: Artículo 20, séptimo párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2020: Sección 2.8.5, regla 2.8.5.1, fracciones V y VI, capitulo 2.10, regla 2.10.1, fracción II y capitulo 2.11, regla 2.11.1, fracción I y II.
En línea

Información adicional

1. ¿Qué puedes pagar con línea de captura?
 
a. Declaraciones con saldo a cargo:
  • Declaración anual de personas físicas y morales
  • Pagos provisionales
  • Pagos de declaraciones de hidrocarburos
  • Pagos del régimen de incorporación fiscal
b. Pago de créditos fiscales
 
c. Pago de derechos, productos o aprovechamientos incorporados a este esquema:
  • Autenticación de documentos académicos, (títulos, diplomas o grados).
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico o Profesional Técnico​.
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado.
  • Duplicado de cédula profesional.
  • Número de exámenes profesionales o de grado.
  • Registro de Diploma de Especialidad y expedición de cédula.
  • Registro de Maestría o Doctorado y expedición de cédula.
  • CONAGUA.
d. Pagos de contribuciones, resultado de actos de vigilancia de obligaciones.
 
Para efectuar el pago es indispensable contar previamente con el Acuse de Recibo de la declaración presentada mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos que se encuentra en el portal del SAT, o en  el portal de la dependencia cuyos trámites se encuentren bajo este esquema de pago, ya que en este acuse se indica la Línea de captura con el importe total a pagar y la fecha de vigencia.
 
 
2. ¿Cuáles son los medios para realizar el pago?
 
Pago directo desde el portal del SAT. - Al momento de presentar tu declaración, aparecen en pantalla los íconos de los bancos autorizados para la recepción de pagos de contribuciones. Si eres usuario de la banca electrónica de alguno de los bancos citados, puedes optar por seleccionar el ícono de tu banco, para que seas direccionado al portal bancario y los datos del pago sean trasladados a tu sesión, evitando con ello su captura.
 
Pago en ventanilla bancaria. – Con la Línea de captura, podrás acudir a la institución bancaria autorizada de tu elección, para efectuar el pago directamente en la sucursal, para tal efecto, considera los horarios de atención.
 
Pago por Internet. – A diferencia del Pago directo, este pago puede ser efectuado con posterioridad a la sesión en la que el SAT te expidió el Acuse de recibo, en el periodo de vigencia de la Línea de captura que se muestra en el Acuse. Para el efecto, requieres contar con el servicio de Banca electrónica de cualquier banco autorizado, en la opción “Pago referenciado SAT”
 
Al realizar tu pago, la Institución Bancaria autorizada te emitirá el documento “Recibo Bancario”, el cual debe contener los siguientes datos:
  • Línea de captura
  • Número de operación
  • Fecha de pago
  • Llave de pago
  • Importe pagado
  • Medio de presentación (Internet o ventanilla bancaria)
 
3. Consulta las Instituciones Bancarias autorizadas para recibir pagos en la sección de "Contenidos relacionados"

Información adicional

1. ¿Qué puedes pagar con línea de captura?
 
a. Declaraciones con saldo a cargo:
  • Declaración anual de personas físicas y morales
  • Pagos provisionales
  • Pagos de declaraciones de hidrocarburos
  • Pagos del régimen de incorporación fiscal
b. Pago de créditos fiscales
 
c. Pago de derechos, productos o aprovechamientos incorporados a este esquema:
  • Autenticación de documentos académicos, (títulos, diplomas o grados).
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico o Profesional Técnico​.
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado.
  • Duplicado de cédula profesional.
  • Número de exámenes profesionales o de grado.
  • Registro de Diploma de Especialidad y expedición de cédula.
  • Registro de Maestría o Doctorado y expedición de cédula.
  • CONAGUA.
d. Pagos de contribuciones, resultado de actos de vigilancia de obligaciones.
 
Para efectuar el pago es indispensable contar previamente con el Acuse de Recibo de la declaración presentada mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos que se encuentra en el portal del SAT, o en  el portal de la dependencia cuyos trámites se encuentren bajo este esquema de pago, ya que en este acuse se indica la Línea de captura con el importe total a pagar y la fecha de vigencia.
 
 
2. ¿Cuáles son los medios para realizar el pago?
 
Pago directo desde el portal del SAT. - Al momento de presentar tu declaración, aparecen en pantalla los íconos de los bancos autorizados para la recepción de pagos de contribuciones. Si eres usuario de la banca electrónica de alguno de los bancos citados, puedes optar por seleccionar el ícono de tu banco, para que seas direccionado al portal bancario y los datos del pago sean trasladados a tu sesión, evitando con ello su captura.
 
Pago en ventanilla bancaria. – Con la Línea de captura, podrás acudir a la institución bancaria autorizada de tu elección, para efectuar el pago directamente en la sucursal, para tal efecto, considera los horarios de atención.
 
Pago por Internet. – A diferencia del Pago directo, este pago puede ser efectuado con posterioridad a la sesión en la que el SAT te expidió el Acuse de recibo, en el periodo de vigencia de la Línea de captura que se muestra en el Acuse. Para el efecto, requieres contar con el servicio de Banca electrónica de cualquier banco autorizado, en la opción “Pago referenciado SAT”
 
Al realizar tu pago, la Institución Bancaria autorizada te emitirá el documento “Recibo Bancario”, el cual debe contener los siguientes datos:
  • Línea de captura
  • Número de operación
  • Fecha de pago
  • Llave de pago
  • Importe pagado
  • Medio de presentación (Internet o ventanilla bancaria)
 
3. Consulta las Instituciones Bancarias autorizadas para recibir pagos en la sección de "Contenidos relacionados"

Información adicional

1. ¿Qué puedes pagar con línea de captura?
 
a. Declaraciones con saldo a cargo:
  • Declaración anual de personas físicas y morales
  • Pagos provisionales
  • Pagos de declaraciones de hidrocarburos
  • Pagos del régimen de incorporación fiscal
b. Pago de créditos fiscales
 
c. Pago de derechos, productos o aprovechamientos incorporados a este esquema:
  • Autenticación de documentos académicos, (títulos, diplomas o grados).
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico o Profesional Técnico​.
  • Cédula profesional para mexicanos con estudios en México, para Nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado.
  • Duplicado de cédula profesional.
  • Número de exámenes profesionales o de grado.
  • Registro de Diploma de Especialidad y expedición de cédula.
  • Registro de Maestría o Doctorado y expedición de cédula.
  • CONAGUA.
d. Pagos de contribuciones, resultado de actos de vigilancia de obligaciones.
 
Para efectuar el pago es indispensable contar previamente con el Acuse de Recibo de la declaración presentada mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos que se encuentra en el portal del SAT, o en  el portal de la dependencia cuyos trámites se encuentren bajo este esquema de pago, ya que en este acuse se indica la Línea de captura con el importe total a pagar y la fecha de vigencia.
 
 
2. ¿Cuáles son los medios para realizar el pago?
 
Pago directo desde el portal del SAT. - Al momento de presentar tu declaración, aparecen en pantalla los íconos de los bancos autorizados para la recepción de pagos de contribuciones. Si eres usuario de la banca electrónica de alguno de los bancos citados, puedes optar por seleccionar el ícono de tu banco, para que seas direccionado al portal bancario y los datos del pago sean trasladados a tu sesión, evitando con ello su captura.
 
Pago en ventanilla bancaria. – Con la Línea de captura, podrás acudir a la institución bancaria autorizada de tu elección, para efectuar el pago directamente en la sucursal, para tal efecto, considera los horarios de atención.
 
Pago por Internet. – A diferencia del Pago directo, este pago puede ser efectuado con posterioridad a la sesión en la que el SAT te expidió el Acuse de recibo, en el periodo de vigencia de la Línea de captura que se muestra en el Acuse. Para el efecto, requieres contar con el servicio de Banca electrónica de cualquier banco autorizado, en la opción “Pago referenciado SAT”
 
Al realizar tu pago, la Institución Bancaria autorizada te emitirá el documento “Recibo Bancario”, el cual debe contener los siguientes datos:
  • Línea de captura
  • Número de operación
  • Fecha de pago
  • Llave de pago
  • Importe pagado
  • Medio de presentación (Internet o ventanilla bancaria)
 
3. Consulta las Instituciones Bancarias autorizadas para recibir pagos en la sección de "Contenidos relacionados"

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