Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales.

¿Cuándo se presenta?

Semestralmente durante el año de vigencia en los meses de enero y julio.
 
O bien, a más tardar 30 días naturales después de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Minería para las Concesiones Mineras; y en el caso de asignaciones mineras, desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 

Periodicidad

Semestral

Obligación a cumplir

Pagar el derecho adicional sobre minería mediante declaración.

Objetivo

Cumplir con tus obligaciones fiscales mediante la presentación de las declaraciones de pago deI "Derecho adicional sobre minería", a través del Portal del SAT, de una forma fácil y sencilla.
 

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración
 
  • Ley Federal de Derechos vigente:  Artículo 269.
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
 
Cálculo del impuesto
 
  • Ley Federal de Derechos vigente:  Artículo 269.
 
Medio de presentación
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.5.2., 2.8.5.2. y ficha de trámite 4/DERECHOS “Declaración del Pago del Derecho Adicional sobre Minería”, contenida en el Anexo 1-A.
 
Medios de pago
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 20, séptimo párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Regla 2.1.18.
 
Iniciar
En línea
  1. Selecciona el botón Iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y Contraseña o e.firma.
  3. Llena los datos que te solicita la declaración.
  4. Envía la declaración.
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración.

Información adicional

Ley Federal de Derechos.
 
Esta declaración se deja de presentar cuando acredite ante la Secretaría de Economía que ha realizado obras y/o trabajos durante dos años consecutivos.

Requisitos

  1. Para ingresar a la declaración, debes contar con tu RFC y Contraseña o e.firma.

Información adicional

Ley Federal de Derechos.
 
Esta declaración se deja de presentar cuando acredite ante la Secretaría de Economía que ha realizado obras y/o trabajos durante dos años consecutivos.

Información adicional

Ley Federal de Derechos.
 
Esta declaración se deja de presentar cuando acredite ante la Secretaría de Economía que ha realizado obras y/o trabajos durante dos años consecutivos.

Documentos que obtienes

x OrientaSAT