Presenta tu declaración informativa por el uso de plataformas tecnológicas
Ejercicio: 2023
Declaración: Informativa
Te sirve para presentar tu declaración informativa del listado de tus clientes enajenantes de bienes, prestadores de servicios u otorgantes del uso o goce temporal de bienes.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen:
- Servicios digitales de intermediación (plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares).
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el día 10 del mes siguiente al que corresponda la información.
Periodicidad
Mensual
Obligación a cumplir
Proporcionar al SAT la información de tus clientes enajenantes de bienes, prestadores de servicios u otorgantes del uso o goce temporal de bienes, cuando:
- La plataforma tecnológica actúe como intermediario, efectúe el cobro de la contraprestación y, por tanto, retenga el IVA, así como el ISR cuando se esté obligado a ello.
- La plataforma tecnológica sólo actúe como intermediario, pero no efectúe el cobro de la contraprestación ni retenga impuestos.
Objetivo
Cumplir con tus obligaciones fiscales a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla, mediante la presentación de la declaración "Declaración informativa por el uso de plataformas tecnológicas".
Fundamento Legal
Obligación de presentar tu declaración.
• Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
• Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículo 113-C, fracción III.
• Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículo 18-J, fracción III.
• Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículo 18-J, fracción III.
Medio de presentación.
• Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Regla 12.2.7.
- Selecciona el botón iniciar.
- Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o e.firma.
- Llena los datos que te solicita la declaración.
- Envía la declaración.
- Obtén el acuse de recibo de la declaración.
Requisitos
- Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.
- Las personas morales deberán realizar el envío de la declaración utilizando la e.firma.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de la declaración.