Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las personas morales del Régimen General de Ley que efectúen operaciones de maquila, en cualquiera de sus modalidades, al amparo del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.

 

¿Cuándo se presenta?

A más tardar en junio del año de que se trate.

 

Periodicidad

Anual

Obligación a cumplir

Declarar tus operaciones de maquila y de comercio exterior efectuadas durante el ejercicio.

 

Objetivo

Cumplir con tus obligaciones informando sobre tus operaciones de maquila y de comercio exterior.

 

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración.
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículos 182, segundo párrafo y 183, segundo párrafo, fracción III. 
 
Medio de presentación.
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.3.5., 3.20.7., 3.20.9. y Anexo 1-A Trámite 118/ISR
 
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En línea
  1. Dar clic en el botón iniciar.
  2. Captura tu RFC y Contraseña o tu e.firma.
  3. Selecciona Presentar declaración.
  4. Captura los datos que te solicita la declaración, de acuerdo con las obligaciones fiscales a que esté sujeto.
  5. Envía la declaración.

Información adicional

Para enviar la declaración debes de contar con firma electrónica o contraseña. El acuse se puede reimprimir en el Portal del SAT.
 
Para presentar tu declaración deberás realizarlo a través de la nueva “Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación (DIEMSE)”; una vez completado la enviarás a través del Portal del SAT, de conformidad con la regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
 
Recuerda, que si presentas la DIEMSE en la fecha que corresponda, de manera completa y debidamente requisitada, quedarás relevado de presentar el escrito señalado en el segundo párrafo del artículo 182 de la LISR, así como el informe relativo a la aplicación de la deducción adicional calculada sobre los ingresos exentos pagados a los trabajadores (ver regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024).
 

Requisitos

  1. Contar con contraseña o e.firma.

Información adicional

Para enviar la declaración debes de contar con firma electrónica o contraseña. El acuse se puede reimprimir en el Portal del SAT.
 
Para presentar tu declaración deberás realizarlo a través de la nueva “Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación (DIEMSE)”; una vez completado la enviarás a través del Portal del SAT, de conformidad con la regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
 
Recuerda, que si presentas la DIEMSE en la fecha que corresponda, de manera completa y debidamente requisitada, quedarás relevado de presentar el escrito señalado en el segundo párrafo del artículo 182 de la LISR, así como el informe relativo a la aplicación de la deducción adicional calculada sobre los ingresos exentos pagados a los trabajadores (ver regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024).
 

Información adicional

Para enviar la declaración debes de contar con firma electrónica o contraseña. El acuse se puede reimprimir en el Portal del SAT.
 
Para presentar tu declaración deberás realizarlo a través de la nueva “Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación (DIEMSE)”; una vez completado la enviarás a través del Portal del SAT, de conformidad con la regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
 
Recuerda, que si presentas la DIEMSE en la fecha que corresponda, de manera completa y debidamente requisitada, quedarás relevado de presentar el escrito señalado en el segundo párrafo del artículo 182 de la LISR, así como el informe relativo a la aplicación de la deducción adicional calculada sobre los ingresos exentos pagados a los trabajadores (ver regla 3.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024).
 

Documentos que obtienes

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