Presenta tu declaración de depósitos en efectivo
Ejercicio: 2020, 2021
Declaración: Anuales, Provisionales y definitivas
¿Quiénes lo presentan?
¿Cuándo se presenta?
- A más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
- A más tardar el 15 de febrero de cada año.
Periodicidad
Mensual 2021
Anual 2020
Obligación a cumplir
Objetivo
Fundamento Legal
- Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021: Artículo 94.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 3.5.12 y 3.5.14, Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 75/ISR.
- Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021: Articulo 55, fracción IV.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 3.5.11 y 3.5.14, Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 74/ISR.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Regla 3.5.13.
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- Captura tu RFC y contraseña, seguido de Iniciar sesión.
- Selecciona Servicios por Internet.
- Selecciona Aclaraciones.
- Selecciona solicitud.
- Selecciona el Trámite DECLARACIONES del apartado Descripción del Servicio.
- Captura los datos de la solicitud.
- Envía la declaración.
Información adicional
- Vía electrónica en los canales establecidos: CECOBAN para las Instituciones del Sistema Financiero que tienen acceso a dicho canal o vía Internet para el resto de las Instituciones, o en una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC), con previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
- En caso de contingencia en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que corresponda: Distrito Federal “4”, Nuevo León “2”, Guanajuato”3”, Jalisco “3”, mediante dispositivos de almacenamiento óptico disco compacto o DVD, en ambos casos no re-escribibles, acompañadas de escrito por duplicado dirigido a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
Requisitos
- Formato IDE-A
- Formato IDE-M
- Contar con contraseña o e.firma.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe y conserva la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
Información adicional
- Vía electrónica en los canales establecidos: CECOBAN para las Instituciones del Sistema Financiero que tienen acceso a dicho canal o vía Internet para el resto de las Instituciones, o en una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC), con previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
- En caso de contingencia en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que corresponda: Distrito Federal “4”, Nuevo León “2”, Guanajuato”3”, Jalisco “3”, mediante dispositivos de almacenamiento óptico disco compacto o DVD, en ambos casos no re-escribibles, acompañadas de escrito por duplicado dirigido a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
Información adicional
- Vía electrónica en los canales establecidos: CECOBAN para las Instituciones del Sistema Financiero que tienen acceso a dicho canal o vía Internet para el resto de las Instituciones, o en una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC), con previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
- En caso de contingencia en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que corresponda: Distrito Federal “4”, Nuevo León “2”, Guanajuato”3”, Jalisco “3”, mediante dispositivos de almacenamiento óptico disco compacto o DVD, en ambos casos no re-escribibles, acompañadas de escrito por duplicado dirigido a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de la declaración.