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Conoce las declaraciones establecidas en la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos

Conoce el sector hidrocarburos
 
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La Administración General de Hidrocarburos es la unidad a cargo de la fiscalización, verificación y recaudación de los ingresos derivados de los actos y actividades que componen al sector hidrocarburos.
 
Para tales efectos, los ingresos que recibirá el Estado Mexicano derivados de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos se encuentran regulados por la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.
 
En dicha ley se contempla que los contratistas y asignatarios presentarán la declaración de pago del impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos, regulado por el artículo 56.
 
Asimismo, los artículos 39, 42, 44, 45 y 52 de la citada ley, señalan que los asignatarios presentarán la declaración de pago de los derechos de extracción de hidrocarburos y de exploración de hidrocarburos, así como la presentación de declaraciones provisionales y anuales del derecho por la utilidad compartida.
 
Finalmente, el artículo 32, Apartado B, fracción IV de la LISH, señala que en el caso de personas morales que se agrupen en consorcio, el operador respectivo deberá proporcionar a la autoridad fiscal, la información de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior por cuenta de sus integrantes a través de una declaración informativa.
 
 
 
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