Trámites y servicios Para personas físicas

Te permite verificar tus facturas y te da la certeza de que se encuentran registradas en los controles del SAT.
No necesitas autenticarte para utilizar la herramienta de validación.
 

Cómo puede usarse

Objetivo

Permite la validación de las facturas recibidas y emitidas.

¿Quiénes lo pueden ejecutar?

Todos los contribuyentes que necesitan verificar facturas.

¿Cuándo se puede ejecutar?

Cuando se requiera verificar las facturas recibidas o emitidas.

Pasos para su uso

  1. Captura Folio Fiscal, RFC de quién generó la factura, RFC de quién la recibió, los dígitos de la imagen y da clic en el botón "Verificar CFDI".
  2. Visualiza el resultado de la validación; si es positivo, tienes la posibilidad de imprimirlo. De no encontrarse, se indicará mediante el mensaje: El comprobante no se encuentra registrado en los controles del Servicio de Administración Tributaria.

Información adicional

Las impresiones de las facturas deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida.
2. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
3. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
4. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
5. Sello digital del contribuyente que lo expide.
6. Lugar y fecha de expedición.
7. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. 
8. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.
9. Valor unitario consignado en número.
10. Importe total señalado en número o en letra.
11. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
12. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
13. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).  
14. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Además de los requisitos contenidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

a) Código de barras generado conforme al rubro I.E del Anexo 20.

b) Número de serie del CSD del emisor y del SAT.

c) La leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFDI”.

d) Fecha y hora de emisión y de certificación de la Factura en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.

e) Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.


Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.7.1.4. y 2.7.1.7.

Productos que emite

Si el resultado de la verificación de la factura es positivo lo puedes imprimir.
x OrientaSAT