Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las personas morales.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando quieras hacer deducible los pagos por concepto de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 30.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 28, fracción XIII y 36, fracción III.
  • Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 60 y 76.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.
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Información adicional

Documentos que obtienes

Modalidades

Aviones

Embarcaciones

Casa habitación

Comedores

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