Presenta el aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones
Te sirve para que puedas hacer deducibles los pagos por concepto de arrendamiento de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones.
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¿Quiénes lo presentan?
Las personas morales.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Cuando quieras hacer deducible los pagos por concepto de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 30.
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 28, fracción XIII y 36, fracción III.
- Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 60 y 76.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
- Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.
- Da clic en el botón iniciar.
- Captura tu RFC y contraseña o e.firma, seguido del inicio de sesión.
- Selecciona alguna de las opciones y realiza la búsqueda del trámite que deseas registrar.
- Captura a información de los campos que se solicitan.
- Adjunta los documentos solicitados.
- Verifica que los datos sean correctos.
- Firma el aviso con tu e.firma.
Información adicional
Requerimientos mínimos del equipo de cómputo
- Sistema operativo Microsoft Windows 7.
- Navegador: Internet Explorer, versión 9.0 (con últimas versiones de Service Pack instaladas); Mozilla Firefox, versión 15; Google Crome, versión 33.
- Java versión 1.7.
Recomendaciones para la captura
Lee con atención todos los avisos, mensajes y ayudas que la aplicación tiene para facilitar su uso.
Documentación adjunta
La documentación que acompañe a las solicitudes puede ser guardada, impresa o vista a través de la aplicación, pero en ningún supuesto debe modificarse. Debe cumplir las siguientes características:
- El tamaño de los archivos no debe ser mayor a 3 megabytes. Se pueden enviar todos los archivos que consideres necesarios siempre y cuando cada uno no supere el tamaño especificado.
- Los documentos que se adjunten deben estar en formato pdf.
- No puede adjuntarse más de un archivo con el mismo nombre.
- Debe evitarse, en la medida de lo posible, insertar imágenes, tablas de Excel y cualquier otro objeto que incremente el tamaño del archivo.
- No pueden enviarse archivos en blanco.
- Cuando el archivo contenga algún virus, no se permite su envío.
El aviso solamente puede ser enviado cuando anexes todos los documentos que se solicitan según el supuesto que se señale.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo al momento de presentar el aviso.
Modalidades
Aviones
Información adicional
• Conservar en su contabilidad por cada ejercicio de que se trate, durante el plazo a que se refiere el artículo 30 del CFF, la siguiente documentación:• Contrato de arrendamiento.
• Plan de vuelo debidamente foliado de cada uno de los viajes realizados en el ejercicio.
• Informes sellados mensuales presentados durante el ejercicio ante la autoridad competente en aeronáutica civil, los cuales deberán contener:
- Lugar u origen de los vuelos y su destino.
- Horas de recorrido de los distintos vuelos realizados.
- Kilómetros recorridos, kilogramos de carga, así como número de pasajeros.
- Bitácora de vuelo.
Fundamento Legal
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 36, fracción III.• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 76.
• Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.
Requisitos
• Contar con Contraseña y e.firma.Embarcaciones
Información adicional
• Conservar en su contabilidad por cada ejercicio de que se trate, durante el plazo a que se refiere el artículo 30 del CFF, la siguiente documentación:• Bitácora de viaje.
• Constancia de pago por los servicios de puerto y atraque.
• Lo dispuesto en los puntos anteriores no es aplicable tratándose de dragas.
Fundamento Legal
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 36, fracción III.• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 76.
• Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.
Requisitos
• Contar con Contraseña y e.firma.Casa habitación
Información adicional
• Conservar en su contabilidad por cada ejercicio de que se trate, durante el plazo a que se refiere el artículo 30 del CFF, la siguiente documentación:• Contrato de arrendamiento.
• Estudio comparativo entre los gastos efectuados durante el último ejercicio por concepto de hospedaje y las erogaciones estimadas durante un ejercicio por el arrendamiento de todas las casas habitación.
• La documentación que acredite la estancia de las personas que ocupan dicho inmueble, (copia del recibo de luz, teléfono, agua, etc., que sea reciente y se encuentre pagado).
• Las casas de recreo, en ningún caso serán deducibles.
Fundamento Legal
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 28, fracción XIII.• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 60.
• Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.
Requisitos
• Contar con Contraseña y e.firma.Comedores
Información adicional
• Conservar en su contabilidad por cada ejercicio de que se trate, durante el plazo a que se refiere el artículo 30 del CFF, la siguiente documentación:• Relación de trabajadores a los que el patrón o empresa, otorga el servicio de comedor por necesidad especial de su actividad.
• Contrato que, en su caso, haya celebrado con un tercero para que preste el servicio.
• Menús tipo, que se sirven en el comedor y su costo.
• Comprobar que el servicio de comedor está a disposición de todos los trabajadores de la empresa, objeto de la necesidad especial.
• Que los gastos de comedor no excedan de un monto equivalente a un salario mínimo general diario del área geográfica del contribuyente por cada trabajador que haga uso de los mismos y por cada día en que se preste el servicio, adicionado con las cuotas de recuperación que pague el trabajador por este concepto (artículo 28, fracción XXI de la Ley del ISR).
• Los gastos relacionados con la prestación del servicio de comedor como son: el mantenimiento a cargo de personas especialistas que estudien la calidad e idoneidad de los alimentos servidos en el comedor no se encuentren dentro del límite señalado.
Fundamento Legal
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 36, fracción III.• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 76.
• Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.3.1.35.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 72/ISR.