Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales que deban garantizar el adeudo que tengan con el SAT, para que no se inicie el procedimiento de cobro respectivo.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

1.- Dentro de los treinta días hábiles posteriores a aquel en que surtió efectos la notificación de la resolución realizada por la autoridad fiscal.
2.- Si interpusiste un medio de defensa como juicio de nulidad o juicio de amparo indirecto y no realizaste el pago de tu adeudo.
3.- Si solicitaste pagar en parcialidades o diferido el adeudo fiscal y dejaste de pagar dos parcialidades en tiempo e importe, debes presentarla dentro de los treinta días hábiles posteriores a aquel en que debiste pagar la segunda parcialidad incumplida.
 
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación artículos 141 y 142.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 77 al  88.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Reglas 2.12.5, 2.12.6, 2.12.9, Anexo 1-A, Trámite 134/CFF.
Presencial
  1. Entrega en la oficina del SAT, el formato de garantía con los anexos correspondientes al tipo de modalidad ofrecida.
  2. Recibe y conserva el formato de garantía sellado, como acuse de recibo.
  3. Espera respuesta del SAT.

Información adicional

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

Compromiso de servicio

Modalidades

Billete de depósito

Carta de crédito

Prenda

Hipoteca

Póliza de fianza

Obligación Solidaria asumida por un tercero que compruebe su idoneidad y solvencia

Embargo en la vía administrativa mediante bienes muebles tangibles

Embargo en la vía administrativa mediante bien inmueble urbano

Embargo en la vía administrativa mediante Negociación

Títulos Valor

Cartera de créditos

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