Información general
¿Qué son los controles volumétricos?Es la combinación de dispositivos electrónicos y mecánicos que miden las entradas y salidas de combustible en las estaciones de servicio al publico, de acuerdo a la normatividad publicada en el Diario Oficial de la Federación de fechas:
22 de septiembre de 2004 1 de diciembre de 2004 25 de febrero de 2005
¿Quién debe instalar los controles volumétricos?Las personas que enajenen gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz o gas licuado de petróleo para combustión automotriz, en establecimientos abiertos al público en general.De acuerdo a lo señalado en el artículo 28, fracción V, del Código,
¿Cuándo deben instalarse los controles volumétricos? "I.
1o. de agosto de 2005, tratándose de contribuyentes obligados a llevar los controles volumétricos a que hace referencia el Capítulo 2.24. de esta Resolución, que en el ejercicio fiscal de 2003 hayan obtenido ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta
de hasta $18’000,000.00.II.
1o. de junio de 2005, tratándose de contribuyentes obligados a llevar los controles volumétricos a que hace referencia dicho Capítulo, que en el ejercicio fiscal de 2003 hayan obtenido ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta
de $18’000,001.00 y hasta $36’000,000.00.III.
1o. de abril de 2005, tratándose de contribuyentes obligados a llevar los controles volumétricos a que hace referencia dicho Capítulo, que en el ejercicio fiscal de 2003 hayan obtenido ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta
de $36’000,001.00 y hasta $54’000,000.00.IV. 1o. de marzo de 2005, tratándose de contribuyentes obligados a llevar los controles volumétricos a que hace referencia dicho Capítulo, que en el ejercicio fiscal de 2003 hayan obtenido ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta
de más de $54’000,000.00."