Reglas de aplicación del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que adquieran e instalen dispensarios de gasolina o diesel en establecimientos abiertos al público en general
En la
Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, se establecen las reglas para la aplicación del
Decreto, que especifican:
- Los requisitos para acreditar los estímulos fiscales
- La forma de presentación del aviso establecido en el artículo tercero fracción VII segundo párrafo, así como los elementos que debe contener
- Los requisitos que deben cumplir las empresas que adquieran los dispensarios para chatarrearlos
- Los requisitos que debe contener la constancia de chatarreo de los dispensarios de gasolina y/o diesel
Recuerde que para aplicar los estímulos debe cumplir con todos los requisitos establecidos en el artículo tercero del Decreto.

Importante
Estimado contribuyente:
De acuerdo con la regla 19.2. de la 8ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, se da a conocer la información que debe acompañar al escrito libre con el que den aviso de chatarreo de los dispensarios.
Información que se debe anexar al aviso de chatarreo de dispensarios (

63 kB)
Le recordamos que si no presenta este aviso, no podrá aplicar el estímulo indicado en el Artículo Segundo del Decreto.
Relación de empresas que van a adquirir dispensarios para convertirlos en chatarraTiene dudas o requiere más información, llame sin costo de lunes a sábado de 08:00 a 21:00 hrs. al:
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