Firma Institucional
sat.gob.mx
 Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                    

Precisión de las obligaciones que deben cumplirse derivadas de las modificaciones a diversas disposiciones fiscales

Con las reformas aprobadas mediante el Decreto* publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2006, se generaron diversas obligaciones para los contribuyentes.

  • Declaraciones informativas del IVA
    Deben cumplir con la presentación de la información prevista en las fracciones V y VIII del artículo 32 de la Ley del IVA.

  • Declaraciones informativas por Instituciones Públicas 
    No se presentará información por el mes de junio de 2006, tratándose de las declaraciones informativas por retenciones de impuestos federales que deban presentar la Federación, Entidades Federativas, el Distrito Federal, y sus Organismos Descentralizados, así como sus Municipios.
    En su momento se proporcionará información sobre el cumplimiento de dichas obligaciones.

  • Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales 
    Obligación prevista en los artículos 29, 29-A y 29-C del Código, de desglosar por tasas de impuestos en comprobantes con requisitos fiscales.

  • Devoluciones iguales o superiores a $25,000.00 
    Las solicitudes de devolución podrán presentarse conforme al procedimiento que se utilizaba antes de la adición del artículo 22-C del Código Fiscal de la Federación, esto es, mediante la forma 32 y los anexos respectivos.

En su momento, para normar el cumplimiento de estas obligaciones, se publicarán reglas de carácter general.


* Decreto por el que se reforman, adicionan, y establecen diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual entra en vigor el día siguiente al de su publicación. (Descarga de archivo word 161 kB).
última modificación :
09/octubre/2009, 12:30, información vigente.
regresar subir

- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 - Comentarios sobre este Sitio de Internet   Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet

 

La información publicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes,

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA- ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD