Informa la Secretaría de Hacienda de la situación fiscal de la Empresa Hildebrando, S. A. de C. V.
México, D.F. 26 de junio de 2006.- Autorizada por la empresa, la SHCP difunde esta información sin violar el sigilo que establece la ley
- Se informa de los estados dictaminados de 2002, 2003, 2004 y de la declaración presentada para el ejercicio 2005
- El SAT practicará una auditoría fiscal a Hildebrando a petición de la propia empresa
- El pasado 12 de junio se presentó una nueva denuncia ante la PGR para investigar violaciones al sigilo fiscal por parte de funcionarios del GDF
Ante las declaraciones vertidas en diversos medios de comunicación respecto de la situación fiscal de la empresa Hildebrando, S.A. de C.V.; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público manifiesta a la opinión pública lo siguiente:
1.- La Secretaría puede dar a conocer, sin violar el sigilo al que la obliga la ley, la información fiscal que entregó Hildebrando, S.A. de C.V., al Servicio de Administración Tributaria (SAT), misma que coincide con la que este órgano desconcentrado tiene bajo su resguardo, toda vez que recibió autorización de la empresa para hacerlo.
2.- Hildebrando, debido a su capacidad contributiva, tributa como Gran Contribuyente y por ello, sus estados financieros deben dictaminarse por un contador público registrado.
Un Gran Contribuyente, además de autodeterminar sus impuestos y pagarlos mediante declaraciones mensuales y declaración anual, debe dictaminarse a través de un contador público externo registrado ante la autoridad fiscal que opine sobre la consistencia de sus operaciones.
3.- En los dictámenes presentados por Hildebrando por los ejercicios fiscales de 2002, 2003 y 2004, aparecen las cantidades siguientes, en pesos:
| Ejercicio | Ingresos | Deducciones | Resultado Fiscal | ISR |
| 2002 | 127,203,321. | 101,337,587. | 25,865,737. | 9,053,008. |
| 2003 | 227,290,712. | 176,031,611. | 51,259,101. | 17,428,094. |
| 2004 | 557,230,766. | 529,152,899. | 28,077,867. | 9,265,697. |
Los impuestos declarados, respecto de sus ingresos, son superiores a la media del universo de empresas dictaminadas.
a) En el 2002, el dictamen fiscal fue elaborado por el contador público certificado Manuel Jiménez Lara con registro No. 15598 del despacho KPMG Cárdenas Dosal, S.C., quien manifestó:
“1. EXAMINÉ LA SITUACIÓN FISCAL DE LA COMPAÑÍA, NO HABIENDO OBSERVADO OMISIÓN ALGUNA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES FISCALES FEDERALES A CARGO DE LA COMPAÑÍA, COMO CONTRIBUYENTE O RETENEDOR. LOS ERRORES Y/U OMISIONES DETECTADOS SE CORRIGIERON MEDIANTE DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS.”b) En el 2003, el dictamen fiscal fue elaborado por el contador público certificado Margarita Elena Rioseco Orihuela con registro No. 04366 del despacho Federico Rioseco, S.C., quien manifestó:
“A. REVISÉ LA SITUACIÓN FISCAL DE LA COMPAÑÍA, NO HABIENDO OBSERVADO OMISIÓN ALGUNA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES FEDERALES A CARGO DE LA COMPAÑÍA EN SU CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE O DE RETENEDOR. EXCEPTO POR LOS IMPUESTOS PENDIENTES DE PAGO QUE SE MENCIONAN EN EL ANEXO 8 Y 11 DEL DICTAMEN FISCAL.”Como se desprende del dictamen correspondiente a 2004, fueron cubiertos los impuestos a que se refiere la nota del auditor.
c) En el 2004, el dictamen fiscal fue elaborado por el mismo contador público certificado y despacho que en 2003, quien manifestó:
“A. REVISÉ LA SITUACIÓN FISCAL DE LA COMPAÑÍA, NO HABIENDO OBSERVADO OMISIÓN ALGUNA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES FEDERALES A CARGO DE LA COMPAÑÍA EN SU CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE O DE RETENEDOR.”En efecto, para el 2004 ya no existían los impuestos por pagar a que se refería la anotación realizada en el 2003.
4.- Por lo que toca al ejercicio fiscal del 2005, la información que consta en sus declaraciones es la siguiente, también expresada en pesos:
| Ejercicio | Ingresos | Deducciones | Resultado Fiscal | ISR |
| 2005 | 689,804,626. | 610,856,841. | 78,947,785. | 23,684,335. |
Adicionalmente, la contribuyente se encuentra en plazo para la presentación de su dictamen fiscal de este año, mismo que en ocasiones implica la presentación de declaraciones fiscales complementarias, derivadas de la revisión del contador público registrado.
5.- Dada la petición hecha por Hildebrando al Servicio de Administración Tributaria, éste procederá a practicar una auditoría fiscal conforme al marco jurídico respectivo, mismo que precisa de una secuencia en la revisión; se debe, en primer lugar, revisar los papeles de trabajo al contador público que realizó el dictamen (artículo 52-A del Código Fiscal de la Federación) y posteriormente revisar de manera directa a la contribuyente.
6.- A propósito de la información difundida sobre Hildebrando, en la que se hacen interpretaciones que no corresponden con los datos presentados en esta nota, la Secretaría ratifica que actuará de manera implacable documentando ante el Ministerio Público de la Federación y la Secretaría de la Función Pública los casos en los que el personal del Servicio de Administración Tributaria, y los funcionarios adscritos a las entidades federativas que realizan las funciones previstas en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal, hayan revelado cualquier información de esta materia conocida por motivo de su encargo.
7.- Vale la pena recordar que el 17 de mayo de este año el Servicio de Administración Tributaria presentó ante la Procuraduría General de la República una denuncia en contra de un servidor público en específico y en contra de otros que resulten responsables por la comisión de diversos delitos, entre los cuales destaca la utilización indebida de información fiscal que fue revelada en el transcurso del primer debate entre candidatos a la Presidencia de la República.
8.- En relación a la información fiscal mencionada en el transcurso del segundo debate entre candidatos a la Presidencia de la República, el Servicio de Administración Tributaria presentó otra denuncia ante la Procuraduría General de la República el 12 de junio pasado para investigar ilícitos atribuibles a funcionarios del Gobierno del Distrito Federal.