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Habrá sanciones para quienes no declaren: SAT
25 de abril de 2006.
  • Se exhorta a las personas físicas obligadas a que no dejen al final la presentación de  su Declaración Anual
  • Abrirán oficinas recaudadoras de asistencia el fin de semana y el 1º de mayo

Se reitera a los contribuyentes para que declaren por Internet a través de www.sat.gob.mx o acudan a nuestras oficinas. Los horarios vespertinos le serán más cómodos pues se evitará filas; también puede solicitar una cita en nuestro portal y asistir a la hora fijada. Se atenderá el sábado 29 y el domingo 30 de abril e incluso el lunes Primero de mayo.

Las personas físicas que incumplan con la obligación de presentar a tiempo su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2005, se harán acreedores a multas que van desde 860 pesos hasta más de 10 mil pesos por cada impuesto, advirtió el SAT.

En el caso de las personas obligadas a presentar la declaración a través del medio electrónico (Internet) y que no lo hagan, podría aplicárseles a partir de este año, multas de ocho mil hasta 15 mil pesos.

De acuerdo con la normatividad, la mínima sanción que se aplicará a los contribuyentes personas físicas que incumplan por primera vez no realizando su declaración, será de 860 pesos por cada impuesto. 

La máxima sanción será de 10 mil 720 pesos para reincidentes que no cumplan con los requerimientos. 

Las multas son superiores para las personas físicas que están obligadas a presentar la declaración por medios electrónicos (Internet).

Se exhorta a las personas físicas obligadas a presentar su Declaración Anual para que no lo dejen al final, ya que casi el 25 por ciento lo hace el último día.

Es importante aclarar que no habrá prórroga para los contribuyentes que no cumplan su obligación con el fisco, y se recuerda que el plazo legal vence el viernes 30 de abril, (aunque se correrá hasta el martes 2 de mayo próximo), según lo establecen las disposiciones fiscales *.

*El Código Fiscal de la Federación refiere que cuando la fecha límite para la presentación de una obligación fiscal es viernes, fin de semana o día inhábil, ésta se corre al siguiente día hábil, como en este caso.

En apoyo a la gente que trabaja y no ha podido declarar, el SAT anuncia que las oficinas recaudadoras del SAT estarán abiertas el próximo fin de semana (29 y 30 de abril) así como el lunes 1 de mayo, de las 9:00 a las 14:00 horas. Del lunes 24 al viernes 28 de abril, en un horario de 9:00 a 19:30 horas.

Las personas físicas que deben presentar declaración son las que obtengan ingresos por conceptos como: Servicios profesionales (honorarios); arrendamiento de bienes inmuebles; actividades empresariales; enajenación de bienes y adquisición de bienes.

En el caso de los asalariados, cuando obtengan ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios que excedan de 300 mil pesos; o dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre, o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea, entre otros.

Asimismo, deberán hacerlo por Internet las personas físicas de actividad empresarial con ingresos mayores a un millón 750 mil pesos, y en los demás casos (honorarios, arrendamiento, intereses, entre otros) cuando la suma de los ingresos exceda de 300 mil pesos anuales. Esta disposición no aplica a quienes perciben salarios y otros conceptos, con ingresos superiores a 300 mil pesos,  siempre que tengan saldo a cargo

Una de las facilidades que ofrece el SAT para que los contribuyentes paguen sus impuestos, está la posibilidad de hacerlo en seis parcialidades, aunque esto tiene un costo ya que el importe de la parcialidad se multiplica por un factor de 1.036.

Los contribuyentes que tengan saldo a favor -se calcula que 50% de las personas físicas están en este caso- recibirán su devolución a finales de mayo o principios de junio próximos.

El SAT cuenta con el sistema de citas, que permite a las personas físicas acudir al Módulo de Atención a presentar su Declaración Anual 2005 sin tener que hacer filas; de tal forma que se le proporciona un mejor servicio y se evita pérdida de tiempo.

Las personas físicas podrán consultar el DeclaraSAT en Línea, que es una herramienta de la página de Internet de este organismo recaudador, que facilita al contribuyente la elaboración y presentación de esta obligación.

El programa le permite calcular el impuesto en la mayoría de los regímenes fiscales, genera el archivo que se utilizará para enviar la declaración vía Internet, o bien, efectúa la impresión en las formas fiscales.
última modificación :
26/abril/2006, 16:18, información vigente.
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