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Estímulo del Impuesto al Activo

Se releva de la obligación de presentar el aviso para gozar del estímulo

Para los efectos del artículo 25, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y la fracción II del artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación 2006, los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal en el impuesto al activo (IMPAC), estarán relevados de presentar el aviso ante las autoridades competentes en materia de estímulos fiscales.

En breve se publicará la regla correspondiente en la Resolución Miscelánea Fiscal.
última modificación :
24/marzo/2006, 16:16, información vigente.
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