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Empresas exentas de repartir utilidades a sus trabajadores

La Ley Federal del Trabajo establece las empresas e instituciones que están exceptuadas de la obligación de repartir utilidades a sus trabajadores.
  1. Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.

    Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, tienen obligación de repartir utilidades a sus trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creación, ya que iniciaron sus operaciones con anterioridad al cambio o modificación de sus nombres o razones sociales.

  2. Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento.

  3. Empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración. (Se refiere principalmente a la rama industrial minera).

  4. Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios (asilos, fundaciones, etcétera.)

  5. El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

  6. Las empresas cuyo ingreso anual declarado al ISR no sea superior a $300,000.00.
última modificación :
29/junio/2005, 11:50, información vigente.
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