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Inscripción de los trabajadores en el Registro Federal de Contribuyentes.

Si usted es patrón, es decir, si tiene trabajadores a su servicio, le recordamos que debe inscribirlos en el Registro Federal de Contribuyentes, para lo cual debe realizar lo siguiente:

  • Presentar escrito libre ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, acompañado de un dispositivo magnético debidamente requisitado por cada uno de los siguientes grupos de personas que laboren para usted:
    • Asalariados (personal que presta sus servicios de manera subordinada).
    • Asimilados a salarios (personal que trabaja por honorarios en sus instalaciones, directivos, administradores, miembros de consejos consultivos o de vigilancia, entre otros).
    • Personas físicas con actividades empresariales que le comuniquen por escrito que optan por pagar el impuesto bajo el régimen de asalariados (por ejemplo los comisionistas mercantiles)
  • En el dispositivo magnético se deberán relacionar los grupos de las personas antes mencionadas indicando por cada una si sus ingresos anuales (incluyendo prestaciones) excederá de $300,000.00, así como la CURP a 18 posiciones y la fecha de ingreso..
  • La información se deberá presentar mediante disco flexible de 3.5”, de doble cara y alta densidad, y en las etiquetas externas anotar cuando menos los siguientes datos:
    • R.F.C. del empleador
    • Nombre, denominación o razón social del empleador.
    • Número de discos que presenta el empleador

Requisitos importantes para el llenado de los medios magnéticos
  • Al momento de presentar el trámite mediante el escrito libre deberá anexar, además del disco magnético, los siguientes documentos:
    • Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (original para cotejo).
    • En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público (copia certificada para cotejo).




Regla 2.3.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2004


ImportantePrepare con anticipación su declaración informativa



Debido a que para presentar su declaración informativa de pagos de sueldos y salarios requiere contar con la clave del RFC a 13 dígitos de cada uno de sus trabajadores, es muy importante que los inscriba lo antes posible, ya que sólo de esta manera el Servicio de Administración Tributaria le entregará las constancias de inscripción de dichas personas en las que se le da a conocer la citada clave.

 

Recuerde que la declaración informativa de pagos por sueldos y salarios la debe presentar a mas tardar el 15 de febrero de 2005.


 ¡No lo deje para el último día; inscriba con anticipación a sus trabajadores en el RFC!

Le recordamos que para confirmar la inscripción de sus trabajadores en el RFC, el SAT deberá proporcionarle una constancia por cada trabajador inscrito, con el nombre y RFC del trabajador; la cual usted deberá entregarle a cada uno de ellos. Si no ha efectuado la inscripción conforme al procedimiento descrito debe realizarlo aún y cuando haya obtenido el  RFC de sus trabajadores por algún otro medio
.

Consulte el texto del anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2004 en el que se señalan los requisitos de los medios magnéticos. 

 Para mayor información fiscal, o bien sobre las características y llenado de los medios magnéticos, ponemos a sus órdenes nuestros siguientes servicios:

Servicio de atención telefónica.

Servicios de atención personal en las Administaciones Locales de Asistencia.

Para su comodidad, puede concertar una cita.

 
última modificación :
15/octubre/2004, 08:53, información histórica.
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