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Presentación opcional del dictamen

Aviso de opción para la presentación de dictamen de estados financieros

Los contribuyentes no obligados a dictaminarse, que en su declaración del ejercicio optaron por dictaminarse de acuerdo con el artículo 32-A del CFF, no necesitan presentar el aviso en escrito libre a que se refiere la regla II.2.8.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008.

El escrito libre señalado en dicha regla únicamente se presenta cuando el contribuyente no ha ejercido la opción de dictaminarse en la Declaración Anual y se presenta a más tardar el último día de marzo de 2009 tratándose de personas morales, o el último día de abril de 2009 en el caso de las personas físicas.

última modificación :
07/abril/2009, 20:58, información vigente.
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