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Convocatoria para Dictaminador Aduanero
 
La Administración General de Aduanas, de conformidad con las facultades que le confiere el artículo 11, fracciones IV y V, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y con fundamento en los artículos 144 fracción VI, 174 de la Ley Aduanera y en la Regla 2.13.20. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2008.

CONVOCA

A todas aquellas personas de nacionalidad mexicana interesadas en obtener autorización de Dictaminador Aduanero a presentar ante la Administración Central de Regulación Aduanera solicitud en formato libre, firmada por el interesado en el que señalen lo siguiente:

Nombre completo, profesión, teléfono, correo electrónico y domicilio (calle, número, colonia, delegación, estado y código postal), para oír y recibir notificaciones en su localidad.

La solicitud de referencia se deberá acompañar de los siguientes documentos:
  1. Copia certificada del acta de nacimiento o carta de naturalización, a fin de acreditar la nacionalidad mexicana y edad que fluctúe entre los 25 y 45 años.

  2. Copia certificada del Título y Cédula Profesional, a nivel licenciatura, de las siguientes profesiones:

    a) Administración de Empresas.
    b) Comercio Exterior, Comercio Exterior y Aduanas, Ciencias Aduanales, Ciencias Aduanales y Comercio Exterior.
    c) Negocios Internacionales, Comercio Internacional, Comercialización Internacional,   Estudios Internacionales, Relaciones Internacionales, Relaciones Comerciales.
    d) Ingenierías: Química, Industrial, Mecánica, Eléctrica, Electrónica, Comunicación, Informática, Computación, Textil, Sistemas Automotrices.
    e) Economía
    f) Derecho

  3. Cartas en original, y de fecha reciente, firmadas por el aspirante, donde manifieste bajo protesta de decir verdad:

    a) No  haber  sido  condenado  por sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal.
    b) No  ser  servidor  público  ni militar en servicio activo, ni haber prestado sus servicios en la Administración  General  de  Aduanas o en alguna de las Unidades Administrativas que de ella dependan.
    c) No  tener  o  haber  tenido  la  patente  de  Agente  Aduanal  o  autorización de Apoderado Aduanal o de Almacén.
    d) Disponibilidad  de  tiempo  completo,  así  como  para  viajar  y  cambiar  de residencia de manera periódica.

  4. Certificado de antecedentes no penales, en original y de fecha reciente, expedido por la    Procuraduría General de Justicia de la entidad donde radique el aspirante o por el área de prevención y readaptación social correspondiente.

  5. Tres cartas de recomendación en original y de fecha reciente donde conste la buena reputación del aspirante y que contengan además el nombre, domicilio, teléfono y firma de las personas que las emiten.

  6. Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Inscripción en el RFC, expedida por la Administración Local de Recaudación.

  7. Copia simple de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

  8. Original de la constancia con la que acredite tener conocimiento del 50% del idioma inglés.

  9. Original del currículum vitae, firmado por el aspirante.

  10. Copia simple de la constancia con la que se acredite tener conocimientos en los programas Word, Excel, Outlook e Internet.
La vigencia de las cartas y antecedentes no penales será de tres meses contados a partir de la fecha en que se publique la Convocatoria. Los documentos deberán exhibirse como se solicitan, esto es: en original, copia certificada o simple, según corresponda, y las manifestaciones bajo protesta, deberán ser literales como se precisen en la Convocatoria.

La solicitud y sus anexos se deberán dirigir y presentar o enviar a través de servicio de mensajería, en la siguiente dirección:

Administración Central de Regulación Aduanera,
Avenida Hidalgo número 77, Módulo IV, planta baja,
Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, 06300, México, D.F.

La fecha límite para presentar solicitudes será el 9 de marzo de 2009.

Las solicitudes que se reciban con posterioridad a la fecha límite o que no se acompañen de la totalidad de los requisitos y documentación solicitada en la Convocatoria se tendrán por no presentadas, procediéndose a la devolución de las mismas.

El examen consta de dos etapas: a) relativa al examen de conocimientos, y b) psicológico en dos facetas: psicométrico y de confiabilidad.

Los aspirantes deberán consultar la información relativa a su solicitud, en la página electrónica www.aduanas.gob.mx, en la que se publicará, entre otra la siguiente:

     a) Listado con el nombre de los aspirantes que cumplieron con los requisitos solicitados.
     b) Las cantidades a pagar por los conceptos de examen psicotécnico y expedición de autorización, previstos en la Ley Federal de Derechos.
     c) Listado con el nombre de los aspirantes, lugar, fecha y hora en que sustentarán el examen psicotécnico previsto en el articulo 174, fracción VI de la Ley Aduanera.
    d) Resultados del examen psicotécnico.

Será responsabilidad del aspirante, presentarse en las fechas y horas señaladas para la aplicación de la evaluación psicotécnica, las cuales le serán informadas únicamente a través de la citada página electrónica.

Los aspirantes deberán presentar el día del examen lo siguiente: Original y 3 copias simples de la credencial oficial que los identifique, (pasaporte, credencial para votar, o cédula profesional), así como el original del pago de derechos por el examen psicotécnico.

Una vez aprobado el examen psicotécnico, previo pago de derechos, la Administración General de Aduanas emitirá la Autorización de dictaminador aduanero.

Los dictaminadores aduaneros podrán ser contratados por las empresas que prestan el servicio de segundo reconocimiento de acuerdo al artículo 43 de la Ley Aduanera.
última modificación :
05/febrero/2009, 19:07, información vigente.
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