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Vence plazo para presentación de dictámenes fiscales

El Servicio de Administración Tributaria informa que hoy se vence el plazo para presentar el dictamen fiscal para contribuyentes que tributen en el Régimen Simplificado y de las personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas o de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros.

Se tomará como fecha de presentación del dictámen, aquella en que el SAT reciba correctamente la información, para ello, emitirá un acuse de recibo por correo electrónico, asimismo podrá consultarse en este portal la fecha de envío y recepción del dictámen.

Los contribuyentes antes mencionados podrán presentar el dictámen fiscal y la información, así como la documentación relativa a dicho dictámen, correspondiente al ejercicio fiscal de 2007, a más tardar hoy, 31 de julio.

Para la presentación del dictamen fiscal del ejercicio 2007, estos contribuyentes podrán integrar la información de los anexos siguientes, en base a cifras fiscales basadas en flujo de efectivo, y presentarla comparativamente, es decir, se presentará la información de los ejercicios 2006 y 2007, lo anterior con la finalidad de que sea congruente con la utilidad o perdida fiscal del ejercicio reflejada en el estado de resultados.
  • Anexo 2 Estado de resultados.
  • Anexo 5 Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
  • Anexo 6 Análisis comparativo de las subcuentas de otros ingresos y otros gastos.
  • Anexo 7 Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
Los contribuyentes que se apeguen a lo establecido en el párrafo anterior, se encontraran relevados de la obligación de presentar los anexos 1, 3, 4, 13, 14, 15, 16, 17 y 23, en virtud de considerar que la información de los citados anexos se encuentra señalada dentro del anexo 2 del dictamen fiscal, relativo al “Estado de resultados”.

Para quienes hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros por contador público registrado, que renuncien a la presentación del dictámen, deberán formular un aviso manifestando los motivos que tuviere para ello, en escrito libre ante la autoridad fiscal competente respecto del contribuyente que lo presente, a más tardar el último día del mes en que deba presentarse el dictámen fiscal.

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última modificación :
31/julio/2008, 17:43, información vigente.
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