Procedimiento electrónico
Conforme al artículo 61, fracción XVII y último párrafo de la Ley Aduanera y la Regla 3.3.9. de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, en relación con el Instructivo de trámite de mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley Aduanera y su Anexo 2, las personas que se encuentren en el extranjero y que deseen donar mercancías que
no estén sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias, con el propósito de que sean destinadas al Federación, Distrito Federal, Estados, Municipios, organos desconcentrados u organismos descentralizados, o demás personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), para la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda, educación, y protección civil o de salud de las personas, sectores o regiones de escasos recursos, deberán enviar su solicitud de donación vía internet utilizando el Sistema de Donaciones del Extranjero que se encuentra en la página
www.sat.gob.mx /Mi portal/Donaciones del Extranjero, para ingresar con el RFC de la institución beneficiaria de la donación, la clave CIECF y la FIEL.
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Manual de uso para el "Sistema automatizado de donaciones del extranjero".