SAT, Servicio de Administración Tributaria
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Accesos Rápidos
Autorización para recibir Donativos Deducibles

A fin de orientarle acerca de los requisitos, documentos y principales obligaciones que deben cumplir las organizaciones civiles y fideicomisos con fines no lucrativos que soliciten autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, se pone a su disposición la “Guía de Trámites para recibir donativos deducibles” y "Directorio de Autoridades para emitir Acreditamiento de actividades".
  • Preguntas y respuestas frecuentes en materia de transparencia de las Donatarias Autorizadas del ejercicio 2008.
    Para mayor información llame al 01 800 INFOSAT (01 800 46 36 728) 
Aviso importante

Se informa que ha sido resuelto el problema técnico que presentaba la aplicación de transparencia, por lo que ya puede acceder para cumplir oportunamente con la obligación de poner a disposición del público en general la información referente a la transparencia, al uso y destino de los donativos recibidos correspondiente al ejercicio 2008, utilizando para ello su Firma Electrónica Avanzada o Clave de Identificación Electrónica Confidencial.



Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde se declara bajo protesta de decir verdad seguir cumpliendo los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter , se presentará únicamente a través de transmisión electrónica de datos

Donataria autorizada, deberá presentar a través de transmisión electrónica de datos el aviso en el que bajo protesta de decir verdad, se declare que sigue cumpliendo con todos los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con autorización para recibir donativos deducibles, para lo cual se deberá utilizar la FIEL proporcionado por el SAT. 

Si al tratar de presentar su aviso, no se despliega ningún mensaje o su pantalla se pone en gris, deberá instalar la máquina virtual de Java, la cual puede descargar aquí.

Para mayor información llame al 01 800 INFOSAT (01 800 46 36 728)

Aviso Electrónico 

¡¡¡Importante!!!

En caso de que la autorización para recibir donativos deducibles haya perdido su vigencia por falta de presentación del Aviso anual a través de transmisión electrónica de datos a que se refiere la ficha técnica 12/ISR "Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde se declara seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter"  de la Resolución Miscelánea Fiscal, la entidad podrá presentar ante la Administración General Jurídica, escrito libre donde solicite nueva autorización y declare bajo protesta de decir verdad que no han variado los supuestos con base en los cuales se otorgó la autorización anterior y que toda la documentación que fue considerada para la emisión de la misma continúa vigente y en los mismos términos. En este supuesto, no será necesario que se anexe de nueva cuenta la documentación que hubiere sido exhibida con anterioridad. Un modelo de este escrito se encuentra más adelante.

Modelos de escritos que opcionalmente podrán utilizarse por los interesados para la realización de sus trámites


  • Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles con fundamento en la regla I.3.9.12. y ficha técnica 13/ISR "Solicitud de la nueva autorización para recibir donativos deducibles" de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, por falta de presentación del Aviso anual a través de transmisión electrónica de datos a que se refiere la ficha técnica 12/ISR "Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde se declara seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter" de la misma resolución (versión Word para Windows, versión PDF)

  • Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (versión Word para Windows, versión PDF

  • Aviso Electrónico para continuar con la autorización para recibir donativos deducibles de acuerdo con la legislación vigente (Manual en versión Word para Windows, versión PDF)


Última actualización: 05/marzo/2010, 14:07, información vigente.
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