Firma Institucional
sat.gob.mx
Inicio>Información y serviciosseparadorPólizas de fianza
 Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                    

Pólizas de fianza

Se da a conocer el texto único que deberán contener las pólizas de fianza que emitan las afianzadoras y que se presenten como garantía del interés fiscal, cuando se trate de créditos fiscales que se refieran a pagos a plazos o cuando garanticen créditos que sean impugnados, lo anterior, a efecto de que cumplan con los requisitos que señalan los artículos 141, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, y 89 y 94 de su Reglamento cuando se ajusten a lo siguiente:
  • Cuando se trate de pólizas de fianza que garanticen créditos fiscales que se refieran a pago en parcialidades, se debe insertar el texto único señalado en el Anexo A. En estos casos, los contribuyentes que cumplan con los requisitos que señala la regla I.2.16.1., (de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011) no tendrán la obligación de garantizar el crédito fiscal, en tanto no se incumplan dos parcialidades en tiempo y forma.

  • Cuando se trate de créditos fiscales que sean controvertidos o inconformados, se debe insertar el texto único señalado en el Anexo B.

Lo anterior de conformidad con la regla I.2.17.6., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011.

Afianzadoras

 
 
 

 
última modificación :
12/septiembre/2011, 15:46, información vigente.
regresar subir

- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 - Comentarios sobre este Sitio de Internet   Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet

 

La información publicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes,

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA- ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD