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Declaración anual de sueldos y salarios


Los empleados o asalariados deben presentar declaración anual de  ingresos durante abril del año siguiente en los siguientes casos:
  • Cuando hayan obtenido ingresos superiores a los $400,000.00
  • Cuando comuniquen por escrito al patrón que usted presentará declaración anual.
  • Cuando hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Cuando obtengan  ingresos acumulables distintos de los salarios.
  • Cuando hayan obtenido ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.
  • Cuando obtengan ingresos por salarios de personas no obligadas a retener impuestos, como en el caso de los empleados de embajadas y organismos internacionales, en este caso también deben presentar pagos provisionales, para saber cómo se elaboran dé clic aquí.
última modificación :
20/agosto/2008, 11:37, información vigente.
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