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Régimen intermedio

El Régimen Intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año. Esta cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.

Ciclo tributario del empresario en este régimen

1.- Lo primero que debe hacer es inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes.

Cómo inscribirse o darse de alta en el RFC

2.- Una vez inscrito, debe expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios y debe solicitar dichos comprobantes a sus proveedores por los gastos o compras que haga relacionados con su actividad.

Comprobantes fiscales

3.- Desde el inicio de sus actividades debe llevar la contabilidad de los ingresos que obtiene y de los gastos, compras o inversiones indispensables para  para su negocio.

¿Cómo llevo mi contabilidad?
 
4.- Quienes se encuentran inscritos en este régimen deben presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas.

¿Cómo se hacen sus declaraciones o pagos?

¿Cómo se presentan las declaraciones informativas?

5.- Cumplir con las demás obligaciones del régimen.

¿Cuáles son?

6.- Debe mantener actualizados sus datos en el RFC, para ello es necesario que informe de cualquier cambio relacionado con su nombre, domicilio y obligaciones fiscales que haya manifestado al inscribirse. Esto incluye, el aviso de suspensión de actividades que debe hacer cuando deje de percibir ingresos por esta o por cualquier otra actividad.

¿Cómo se hace? 


Conozca la herramienta electrónica Microe y en su caso  solicítela para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
última modificación :
06/mayo/2010, 15:42, información vigente.
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