¿Cómo llevo mi contabilidad?
Debe llevar un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, por lo que no será necesario contratar los servicios de un Contador Público para el registro de las operaciones en dicho libro.
La contabilidad (incluyendo toda la documentación de carácter fiscal) deberá conservarse por un periodo de 5 años. Entre otros documentos, integran su contabilidad:
- La copia de los comprobantes fiscales de los ingresos que obtiene y los comprobantes originales de las compras y gastos que realiza (siempre que estos sean indispensables para desarrollar su actividad)
- Las constancias de las retenciones de impuesto que le realicen personas morales a quienes preste un servicio y,
- Estados de cuenta bancarios.
Registre sus operaciones y cuando deba presentar su declaración de impuestos, realice las operaciones aritméticas necesarias para determinar el ingreso que obtuvo en el período, las deducciones (gastos) que realizó y la suma de las retenciones que le hubieran efectuado, con estos datos podrá determinar el impuesto del período.
Si desea utilizar los servicios de un contador, ponemos a su disposición un ejemplo de un
contrato de servicios profesionales (

74 KB).