Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas (SOFOM)
Definición:
Se define a la SOFOM como sociedades anónimas que en sus estatutos sociales, contemplen expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades relativas al otorgamiento de crédito, así como la celebración de arrendamiento financiero o factoraje financiero, sin necesidad de requerir autorización del Gobierno Federal para ello.
Clasificación de las SOFOM
- Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas: Se definen como empresas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones del crédito.
- Sociedades Financieras de Objeto Múltiple no reguladas: Se definen como aquellas empresas que no mantienen vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito.
Facultades del SAT respecto a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple no reguladas:
Una vez que entren en vigor las disposiciones de carácter general aplicables que emita la SHCP dispuestas en el Artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, serán supervisadas, vigiladas e inspeccionadas por el Servicio de Administración Tributaria. (Art. 87-B, fracción II de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito).