Inicio
Catálogo de servicios y trámites

Trámites Financieros

Aviso de los sujetos obligados que presenten ante el SAT sobre la imposibilidad de aplicar en el extranjero las Disposiciones
Aviso de los sujetos obligados que presenten ante el SAT sobre la imposibilidad de aplicar en el extranjero las Disposiciones de carácter General a que se refiere el artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Aplicables a las personas que realicen las operaciones a que se refiere el artículo 81-A del mismo ordenamiento.
- Escrito Libre (triplicado)
- En Original y fotocopia de la identificación personal del propietario o representante legal, que deberá ser en todo caso un documento oficial emitido por la autoridad competente, vigente a la fecha de su presentación en donde aparezca fotografía, domicilio y firma del portador. “Definiciones”. (Original para cotejo).
- En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. (copia certificada para cotejo).
Fundamento legal: LGOyAAC 81-A y 95 Bis; Disposición Vigésima Novena de la Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables las personas que realicen las operaciones a que se refiere el artículo 81-A del mismo ordenamiento. Disposición Trigésima Segunda de la Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a los denominados transmisores de dinero por dicho ordenamiento.
última modificación :
22/septiembre/2011, 12:39, información vigente.