Personas físicas. |
Internet: Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite. En forma personal: Iniciarlo y concluirlo en cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita. |
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Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por si mismas o por cuenta de terceros o a que se de la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen. |
| Requisitos: Por Internet:
a) Requisitos si no cuenta con CURP b) Requisitos si ya cuenta con CURP c) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones d) Menores de edad |
| Compromisos de servicio Internet:Disponibilidad permanente Emisión inmediata de acuse de solicitud de inscripción Atención Personal:Duración máxima: 40 min. Espera máxima: 5 min. Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos Entrega inmediata de la Cédula de Identificación Fiscal (CIF), Acuse de recepción de la solicitud de inscripción, Guía de Obligaciones Horario. |
| Pasos a seguir para realizar el trámite |
| Disposiciones jurídicas aplicables Art 17-D, 27 CFF, Art. 19 y 23 Reglamento del CFF, Art. 67 LGP. Regla II.2.3.1. RMF. |
- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77, col. Guerrero, c.p. 06300, México, D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá: 1 877 44 88 728 -
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