| Las personas físicas del Régimen de Pequeños Contribuyentes Puros que presenten su solicitud de Inscripción al RFC. |
Por Internet Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier oficina de rentas de la Entidad Federativa donde radica el domicilio del contribuyente, dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada, si dentro del plazo señalado, el contribuyente no cumple con lo establecido. En forma personal Iniciarlo y concluirlo en cualquier oficina de rentas de las siguientes Entidades Federativas: Aguascalientes, Baja California Norte, Baja California Sur, Campeche,Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guerrero,Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas,Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, siempre y cuando el domicilio fiscal del contribuyente radique dentro de la circunscripción de las Entidades Federativas antes citadas. En el Distrito Federal en José María Izazaga No. 89, 6º. Piso Col. Centro, C. P. 06080, D. F,se realiza a través de un sistema de citas en la página electrónica de la Secretaría de Finanzas: |
1. Fotocopia de la Solicitud 2. Constancia de Registro 3. Guía de obligaciones y 4. Acuse de Inscripción al RFC. En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite, se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite, se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente. |
Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o por cuenta de terceros. |
| Requisitos: Por Internet
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| Disposiciones jurídicas aplicables Articulo 27 del CFF; Articulo 19 y 23 del Reglamento del CFF, Articulo 67 de la Ley General de Población y la Cláusula Décima Primera del Convenio de colaboración administrativa en materia Fiscal Federal, publicado en diversos Diarios Oficiales de la Federación. |
Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos: a) Requisitos si no cuenta con CURP b) Requisitos si ya cuenta con CURP c) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México d) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones e) Menores de edad |
- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 -
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