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Aviso de compensación de saldos a favor del IETU vía Internet


¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personales morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”
¿Cuándo se presenta?Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFCDía siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
(Desgarga PDF 80 kB) Requisitos:
Para obtener el formato 41 electrónico de clic aquí.
Nota: Es importante que no se modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos encriptados que genera el Formato F 3241, esto debido a que de ser modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un posible rechazo del trámite.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, 8 de la LIETU, Reglas I.4.3.1., I.4.3.2., II.2.2.6. RMF.
última modificación :
04/enero/2012, 11:58, información vigente.
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