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Quejas


¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que necesiten comunicar al SAT alguna inconformidad o deficiencia en los servicios que recibió.
¿Dónde lo presento?

Por Internet.
En forma personal.
Vía telefónica
¿Qué documentos obtengo?

Internet:
Acuse de recepción de la queja en forma inmediata.
En forma personal:
Entrega inmediata del Acuse de respuesta o de recepción.
Vía telefónica:
Entrega inmediata del folio de registro de la queja.
¿Cuándo lo presento?
Cuando lo requiera el solicitante.
Requisitos:
Internet:
En el Portal Público:
  • Ninguno.
En “Mi portal”:
  • Contar con CIEC o con FIEL.
En forma personal:
  • Ninguno.
Vía telefónica:
  • Ninguno.

Compromisos de servicio
Internet:
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción de la queja.
Atención de la queja: 3 días hábiles máximo  después de integrar el expediente.
Horario: 24 hrs. los 365 días del año
Atención Personal:
Duración máxima: 10 min.
Atención inmediata.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Entrega inmediata del Acuse de recibo de la queja.
Atención de la queja: 3 días hábiles máximo  después de integrar el expediente.
Horario.

Vía telefónica:
Tiempo de espera: 4 minutos máximo.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Entrega inmediata del folio de la queja.
Pasos a seguir para realizar el trámite

 INTERNET:
  1. Ingrese a la página sat.gob.mx, del menú "Nuevos Servicios" seleccione la opción “Servicios” y elija el trámite a realizar.
  2. Llene cuestionario electrónico.
  3. Obtenga el acuse de su trámite.
  4. Consulte la respuesta en el medio de contacto que haya elegido.
PERONAL:
  1. Acuda a cualquier ALSC.
  2. Solicite presentar su queja, sugerencia o reconocimiento
  3. Tome nota del folio y consulte el seguimiento en el medio de contacto elegido

 TELÉFONO:
  1. Marque el 01800 INFOSAT.
  2. Mencione queja, sugerencia o reconocimiento.
  3. Tome nota del número de folio del caso y consulte el seguimiento en el medio de contacto elegido.
Disposiciones jurídicas aplicables
No aplica.
última modificación :
01/febrero/2011, 10:57, información vigente.
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