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Aclaraciones


¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que necesiten resolver cualquier problema que se presente en sus trámites con el SAT (inconsistencias en su información o situación fiscal, trámites sin respuesta, requerimientos improcedentes).
¿Dónde lo presento?
En la ALSC de su elección o a través de la página del SAT en Internet.
¿Qué documentos obtengo?

Internet:
Acuse de recepción en una hora máximo.
En forma personal:
Entrega inmediata del Acuse de recibo de la aclaración.
Respuesta al planteamiento 10 días hábiles máximo a partir de haber integrado el expediente.
¿Cuándo lo presento?

  • Cuando lo requiera el solicitante.
  • Aclaración de requerimientos dentro del plazo establecido en el requerimiento.
  • Aclaración sobre créditos fiscales se debe presentar dentro del plazo establecido en el crédito (normalmente 45 días hábiles).
Requisitos:

En forma personal:
  • Original y fotocopia de la documentación que compruebe la inconsistencia, incumplimiento o improcedencia del trámite.
  • Original de identificación oficial vigente.
  • En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial.
Internet:
  • Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF.
Compromisos de servicio
Internet:
Disponibilidad permanente.
Entrega de acuse de recepción en una hora máximo.
Horario: 24 hrs. los 365 días del año.
Atención Personal:
Duración máxima: 18 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100%.
Entrega inmediata del Acuse de recibo de la aclaración.
Respuesta al planteamiento:
10 días hábiles máximo a partir de la integración del expediente correspondiente.
Horario.

Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Respuesta inmediata del planteamiento o folio en su caso.
Pasos a seguir para realizar el trámite

Internet:

Ingrese a la página del SAT en el menú Mi Portal capture su RFC y CIECF.
Seleccione la opción “Servicios por Internet” e ingrese a
“Aclaraciones”. Obtenga el acuse de su trámite.
Consulte la respuesta en el medio de contacto que haya elegido.

 
Personal:

Reúna los documentos y Registre una cita.
Acuda a cualquier ALSC.
Realice la Solicitud y reciba su acuse.
Consulte la respuesta en el medio de contacto que haya elegido.
Disposiciones jurídicas aplicables
No aplica.
última modificación :
31/mayo/2011, 12:20, información vigente.
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