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Inicio>Catálogo de servicios y trámites>Registro de Trámites FiscalesseparadorAnexo 1-A>61. Presentación de declaraciones y pago de derechos
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Presentación de declaraciones y pago de derechos

¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
Ver (Descarga PDF 49kB) cuadro
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial sellada.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se de el supuesto.
Requisitos:
  • (Descarga PDF 101 kB) Forma oficial 5 “Declaración General de Pago de Derechos” (triplicado)
Nota: Las declaraciones de pago de derechos no podrán ser enviadas por medio del servicio postal a las oficinas autorizadas, excepto tratándose del pago de derechos a que se refiere la fracción III, cuando en la localidad donde tenga su domicilio fiscal el contribuyente, no existan sucursales de las instituciones de crédito autorizadas para recibir el pago, en cuyo caso el mismo podrá efectuarse por medio del servicio postal en pieza certificada, utilizando giro postal o telegráfico, mismo que será enviado a la ALSC correspondiente.
Lo dispuesto en esta ficha no será aplicable al pago de derechos que de conformidad con el último párrafo de las reglas I.2.13.1. de la RMF, deban pagarse en los términos de los capítulos II.2.8.1.1  y II.8.1.3 de la misma.
Las oficinas autorizadas cumplirán con los requisitos de control y concentración de ingresos que señalen la TESOFE y la Administración General de Servicios al Contribuyente.
Compromisos de servicio
Atención Personal:
Duración máxima: 40 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Horario.
Pasos a seguir para realizar el trámite

Personal:

  1. Solicite la orientación para realizar el pago
  2. Para los trámites y servicios del SAT, reciba la hoja de ayuda para realizar el pago
  3. Acuda a la ventanilla bancaria y realice el pago
  4. Reciba y conserve su Recibo  Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales con sello digital
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 3 primer párrafo LFD, Reglas I.2.10.3., II.2.8.1.1. RMF.
última modificación :
10/noviembre/2011, 13:22, información vigente.
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